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Permite a la comunidad insular de Rapa Nui ser titular o hacer uso de una concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción

Fecha de registro22 Mayo 2023
Número de Iniciativa15957-24
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción
Autor de la iniciativaBianchi Chelech, Carlos, Brito Hasbún, Jorge, Cuello Peña Y Lillo, Luis, De Rementería Venegas, Tomás, Lagomarsino Guzmán, Tomás, Marzán Pinto, Carolina, Rojas Valderrama, Camila
MateriaCONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN, CONSEJO NACIONAL DE TELEVISIÓN, RAPA NUI

Diputado Carlos Bianchi Chelech





PROYECTO DE LEY QUE PERMITE A LA COMUNIDAD INSULAR DE RAPANUI SER TITULAR DE UNA CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA DE LIBRE RECEPCIÓN


  1. IDEA MATRIZ.

El presente proyecto modifica la ley 18838 que crea el CNTV, y habilita a la comunidad de Rapa Nui para ser titular de una concesión de servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción o hacer uso de ella.




  1. FUNDAMENTOS.

La televisión es uno de los medios de comunicación más utilizados en el mundo, a través de la cual se les entrega la información a millones de personas al instante, logrando una importancia fundamental en nuestra sociedad. En nuestro país la televisión no solo se ha transformado en un mecanismo de información de la ciudadanía, sino también es utilizado con fines culturales o recreativos. Por lo que podría considerarse como una necesidad moderna.


Con la entrada en vigencia de la ley 20750 que permite la introducción de la televisión digital terrestre, se modificó la ley 18838 prohibiendo a su vez que los Municipios tengan la posibilidad de contar con canales de televisión a nivel local y dirigirlos. Esto fundándose en la mala práctica con la que eran utilizadas aquellas concesiones pertenecientes a los municipios. Debido a que eran utilizadas principalmente como un método de propaganda política, alejandose del rol fundamental que tienen los canales de televisión que es informar a la comunidad.

Sin perjuicio de ello, existen casos como el de la comunidad de Rapanui, donde es de gran importancia para ellos la presencia de un canal local que se encargue de difundir las actividades de diversa índole que puedan ocurrir.


Rapa Nui es una isla perteneciente a la Región de Valparaíso, situada geográficamente en plena Polinesia que se encuentra a 3759 kilómetros de la capital de nuestro país, la cual cuenta con una de las etnias más antiguas de nuestro continente. Cultura que se ha ido traspasando a lo largo de las distintas generaciones y que perdura hasta la actualidad. Es por esto que el desarrollo o la preservación de la cultura Rapa Nui es fundamental para la isla y una tarea de la cual como chilenos debemos ser partícipes.


Lo aislada que se encuentra esta comuna respecto del resto del país no hace viable la posibilidad de una inversión por parte de privados o algún otro ente local. Situación que pone en peligro no solo la conservación de la cultura al interior de la isla, sino que pone en riesgo la transmisión de las diversas informaciones que puedan surgir producto de la contingencia, las cuales no podrán llegar a los diversos vecinos y vecinas producto de la falta de televisión comunal.


Por tanto, se hace presente que el Estado de algún modo pueda suplir esta necesidad. Con la concesión de un canal de televisión local la Ilustre municipalidad de Rapanui, las corporaciones o fundaciones podrían dar a conocer no solo los eventos culturales que ocurren en la zona, sino que mantener informada a la comuna de las diversas situaciones que ocurren en el día a día. La radiodifusión televisiva cumpliría la función esencial de mantener vigente la cultura Rapanui y su cosmovisión entre sus vecinos y vecinas. Logrando a su vez mantener esta conectividad que para el siglo XXI es fundamental.












Proyecto de ley


Artículo único: Agréguese un nuevo inciso tercero, pasando el actual a ser inciso final, al artículo 18 de la ley 18.838, que crea el Consejo Nacional de Televisión, del siguiente tenor:


Sin perjuicio del inciso anterior, exceptúese a la municipalidad, las corporaciones y las fundaciones municipales de la comuna de Rapa Nui; las cuales podrán ser titulares de una concesión de servicio de radiodifusión televisiva, o hacer uso de ella, en los términos que hace referencia el inciso primero de este artículo











CARLOS BIANCHI CHELECH

H. Diputado

Regio&769; n de Ma...

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