Pérdida tributaria originada en la venta de la nuda propiedad de acciones o derechos sociales entre empresas relacionadas, que rebaja la base imponible del IDPC - Núm. 116, Febrero 2023 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 924567481

Pérdida tributaria originada en la venta de la nuda propiedad de acciones o derechos sociales entre empresas relacionadas, que rebaja la base imponible del IDPC

AutorXimena Pérez-Brito C.
CargoDirector Responsable
Páginas23-24
23
CATÁLOGOS DE ESQUEMAS TRIBUTARIOS AÑO 2022
IV. PÉRDIDA TRIBUTARIA ORIGINADA EN LA VENTA DE LA NUDA
PROPIEDAD DE ACCIONES O DERECHOS SOCIALES ENTRE EMPRESAS
RELACIONADAS, QUE REBAJA LA BASE IMPONIBLE DEL IDPC
DESCRIPCIÓN DEL ESQUEMA
PARTICIPES OPERACIÓN RESULTADO
Sociedad A
Sociedad del grupo
empresarial.
Sociedad B
Sociedad del grupo
empresarial.
Sociedad C
Sociedad del grupo
empresarial.
Sociedad D
Sociedad del gripo
empresarial.
1. Durante el año comercial “A” genera rentas
por las ventas de algunos de sus activos.
2. “A” y “B” constituyen “C” la cual aumenta su
capital, el que es pagado por “A” con los
ingresos generados en (1) y el aporte de
una cuenta por cobrar que mantiene con
otra sociedad del grupo..
3. Los montos utilizados en (2), regresan a “A”
mediante préstamo efectuado por “C”, lo que
genera una cuenta por pagar de “A” con “C”.
4. En el mismo ejercicio en que “A” genera
ingresos por las ventas de sus activos, la
sociedad “A” vende la nuda propiedad de
acciones o derechos sociales que posee en
la sociedad “C” a la sociedad “D” (también
relacionada) lo que genera una pérdida
tributaria (considerando el incremento del
valor de la inversión vía aumento de capital
realizado ante de la venta y porque el precio
de la nuda propiedad es inferior al de la
inversión total).
5. “D” no cuenta con los recursos necesarios
para pagar el precio de venta de la nuda
propiedad, por lo cual, “A” transere a “D”
los montos recibidos como prestamos desde
“C”, volviendo de esta forma dichos montos
a la sociedad que genero tales ingresos.
Se genera una perdida
tributara en el mismo
ejercicio en que se producen
ingresos en la sociedad “A”
producto de la venta de
algunos activos, lo que
rebaja la base imponible
del IDPC.

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