Penal - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de queja - recurso acogido - Fallos corte suprema - Síntesis jurisprudencial y doctrina (materia penal) - Libros y Revistas - VLEX 903499797

Penal - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de queja - recurso acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas249-250
249
84.-
PENAL - PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO - DERECHOS Y
GARANTIAS CONSTITUCIONALES - DEBIDO PROCESO -
DEFENSA JURIDICA - SENTENCIA PENAL - LECTURA DE LA
SENTENCIA - FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA -
FACULTADES Y DEBERES DEL JUEZ - RECURSO DE QUEJA -
RECURSO ACOGIDO
Jiménez c/ Integrantes de la Segunda Sala de la Corte de
Apelaciones de Arica s/ Escrituración sentencia - Juicio
simplificado.
2ª Sala Corte Suprema
14-10-2019
ROL:15411-19
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Tanto la sentencia que recae en el procedimiento ordinario, como la que
se pronuncia en un juicio oral simplificado, deben ser escrituradas,
aunque ello se haga inmediatamente después de terminada la
audiencia en que se pronunciaron en forma verbal, lo que no aconteció
en la especie. Así, la exigencia de escriturar la sentencia dictada en
juicio oral simplificado, cuando el imputado no ha admitido
responsabilidad, es una exigencia actual y vigente de la que no puede
prescindirse y su carencia privó al recurrente de conocer los
fundamentos de hecho y de derecho que se tuvieron en vista para su
dictación, como de ejercer adecuadamente su derecho al recurso.
DOCTRINA
1.- Corresponde acoger el recurso de queja interpuesto en contra de
la sentencia de segunda instancia que rechazó el recurso de nulidad
intentado por la defensa del condenado como autor del delito de
hurto simple en grado de consumado. Esto, dado que, los magistrados
de alzada han incurrido en falta o abuso grave al confirmar la
sentencia dictada por el Juzgado de Garantía, con fecha 09 de abril
del 2019 y rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la defensa
del acusado, al privar a dicha parte de ejercer su derecho a recurrir
en contra de una sentencia que no fue escriturada conforme lo
exigen los artículos 342 Contenido de la sentencia, 344 Plazo para la

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