Penal - lesiones graves - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de nulidad - recurso acogido - Fallos corte suprema - Síntesis jurisprudencial y doctrina (materia penal) - Libros y Revistas - VLEX 903499796

Penal - lesiones graves - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de nulidad - recurso acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas247-248
247
83.-
PENAL - LESIONES GRAVES - PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO -
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - DEBIDO
PROCESO - DEFENSA JURIDICA - SENTENCIA PENAL -
LECTURA DE LA SENTENCIA - FUNDAMENTOS DE LA
SENTENCIA - FACULTADES Y DEBERES DEL JUEZ - RECURSO
DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO
Ministerio Público c/ Chiesa Soler s/ Escrituración sentencia -
Procesal penal.
28-1-2020
ROL:29064-19
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Tanto la sentencia que recae en el procedimiento ordinario, como la que
se pronuncia en un juicio oral simplificado, deben ser escrituradas,
aunque ello se haga inmediatamente después de terminada la
audiencia en que se pronunciaron en forma verbal, lo que no aconteció
en la especie. Si bien la celeridad en los procedimientos debe ser
aplaudida, ello no supone que deban olvidarse en el camino las
obligaciones que pesan sobre el tribunal, como tampoco el derecho que
tienen los intervinientes a recibir una copia íntegra y legible de la
sentencia, la misma que debe remitirse a la Corte correspondiente en
cumplimiento de lo prevenido en el artículo 381 del Código Procesal
DOCTRINA
1.- Corresponde acoger el recurso de nulidad interpuesto por la
defensa del condenado como autor del cuasi delito de lesiones
graves. Esto, dado que, en la especie, la infracción denunciada en su
causal principal se habría producido, en concepto de la defensa, por
no haberse registrado la sentencia condenatoria, omisión que le
habría privado tanto de conocer los fundamentos de hecho y de
derecho que se tuvieron en vista para su dictación, como de ejercer
adecuadamente su derecho al recurso. Al respecto, tanto la
sentencia que recae en el procedimiento ordinario, como la que se
pronuncia en un juicio oral simplificado, deben ser escrituradas,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR