Penal - amenazas - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de nulidad - recurso acogido - Fallos corte suprema - Síntesis jurisprudencial y doctrina (materia penal) - Libros y Revistas - VLEX 903499795

Penal - amenazas - procedimiento simplificado - derechos y garantias constitucionales - debido proceso - defensa juridica - sentencia penal - lectura de la sentencia - fundamentos de la sentencia - facultades y deberes del juez - recurso de nulidad - recurso acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas245-246
245
82.-
PENAL - AMENAZAS - PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO -
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES - DEBIDO
PROCESO - DEFENSA JURIDICA - SENTENCIA PENAL -
LECTURA DE LA SENTENCIA - FUNDAMENTOS DE LA
SENTENCIA - FACULTADES Y DEBERES DEL JUEZ - RECURSO
DE NULIDAD - RECURSO ACOGIDO
c/ Lagunas Arias s/ Procedimiento simplificado Sentencias.
3-3-2020
ROL:40952-19
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Si bien es cierto que la celeridad en los procedimientos debe ser
aplaudida, ello no supone que deban olvidarse en el camino las
obligaciones que pesan sobre el tribunal, como tampoco el derecho que
tienen los intervinientes a recibir una copia íntegra y legible de la
sentencia, la misma que debe remitirse a la Corte correspondiente en
cumplimiento de lo prevenido en el artículo 381 del Código Procesal
Penal. Así, tanto la sentencia que recae en el procedimiento ordinario,
como la que se pronuncia en un juicio oral simplificado, deben ser
escrituradas, aunque ello se haga inmediatamente después de
terminada la audiencia en que se pronunciaron en forma verbal, lo que
no aconteció en la especie, toda vez que consta de la revisión de los
antecedentes, concretamente, del acta del juicio oral simplificado, que
solo se consignó su parte resolutiva, lo que denota que el juez de la
instancia no dio cumplimiento a dicho mandato.
DOCTRINA
1.- Corresponde acoger el recurso de nulidad interpuesto por la
defensa del condenado como autor del delito de amenazas simples.
Esto, dado que, en la especie, la infracción denunciada en su causal
principal se habría producido, en concepto de la defensa, por no
haberse registrado la sentencia condenatoria, omisión que le habría
privado tanto de conocer los fundamentos de hecho y de derecho
que se tuvieron en vista para su dictación, como de ejercer
adecuadamente su derecho al recurso. Al respecto, tanto la

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