Decisión nº 2458-14, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2015
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2015 |
Tipo | Documentos Operacionales - Planos U Otras Representaciones Gráficas - Documentos |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Vivienda, Gestión y administración territorial (Urbanismo) |
DECISIÓN AMPARO ROL 2458-14
Entidad pública: Municipalidad de Limache
Requirente: Patricio Latorre Vivar
Ingreso Consejo: 17.11.2014
En sesión ordinaria N° 590 del Consejo Directivo, celebrada el 3 de febrero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2458-14.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 3 de octubre de 2014, don Patricio Latorre Vivar, solicitó a la Municipalidad de Limache, entre otros antecedentes lo siguiente: "3. Si la obra de construcción del alcantarillado y conexiones domiciliarias ejecutadas en la calle o pasaje Verdejo Sur se llevó a cabo por administración y sin intervención de contratista, solicitó proporcionar copia de:
a) Plano del proyecto de alcantarillado;
b) Nómina de viviendas conectadas al alcantarillado, con indicación de su número domiciliario;
c) Nómina del personal municipal a cargo de dirigir y ejecutar las obras;
d) Valor total, impuestos incluidos, de los fondos municipales invertidos en la ejecución de las obras;
e) Monto total, incluidos impuestos, de los fondos municipales invertidos en la ejecución de las obras;
f) Si existió ayuda o subvenciones municipales a los vecinos beneficiados, indicar montos de la subvención o ayuda, número de beneficiados, forma, empleo y procedimiento de recursos; y,
g) Acta, informe o documento emitido por la Dirección a cargo de las obras, dando cuenta de la realización, término y observaciones, en su caso, originadas en la ejecución de los trabajo".
2) AUSENCIA DE RESPUESTA Y AMPARO: El 10 de noviembre de 2014, don Patricio Latorre Vivar, dedujo amparo a su...
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