¿Qué pasaría si una isapre quiebra? El caso de Vida Plena en 2003 y la situación actual - 13 de Agosto de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 908645112

¿Qué pasaría si una isapre quiebra? El caso de Vida Plena en 2003 y la situación actual

El 11 de marzo de 2003 es un día que marcó a la atención de la salud privada. Se trata del día en que se confirmó la quiebra de la Isapre Vida Plena, caso que ha sido levantado por diversos analistas al abordar el contexto actual de las isapres, presionadas por un abultado déficit operacional de $73 mil millones en el primer semestre, las advertencias de las clínicas por el pago de prestaciones, la judicialización por tabla de factores y un entrabado proceso de alza de planes, junto con una propuesta de reforma a la salud.En lo concreto, la crisis de Vida Plena en 2003 se generó en el marco del escándalo Corfo-Inverlink, debido a que el holding extrajo $1.750 millones de pesos a la Isapre Vida Plena de la que era controlador, dejándola sin flujo de caja para responder a las deudas. Quien fuese superintendente de Salud en esa época, Manuel Inostroza, recuerda que "como (Eduardo) Monasterio (dueño de Inverlink) no tenía plata para apalancar sus empresas, le sacó el flujo de cotizaciones de mes a la isapre, pasando por encima del directorio, y la dejó sin recursos para pagar licencias ni reembolsos".Lo delicado del caso, sostiene Inostroza, es que "las deudas de los afiliados y de los prestadores solo estaban garantizadas 27%. Era una situación muy precaria" y, producto de lo anterior, se dictó la Ley 19.895, que estableció nuevos requisitos para las isapres respecto al patrimonio, liquidez y garantía -que pasarían del 27% al 100% de la deuda de afiliados- y definió un protocolo previo a la quiebra definitiva de una aseguradora en salud, y que fueron aplicados en la quiebra de Promepart (2005) y MasVida (2017).La situación actualSegún la ley, si una isapre incumple algunos de los indicadores -patrimonio, liquidez o garantía-, queda sujeta a un régimen especial de control de la Superintendencia de Salud, a la que debe presentar un plan de ajuste en un plazo no inferior a 10 días, que podría incluir aumento de capital, transferencia de cartera de afiliados, pago de pasivos o de composición de activos, que deberá ser aprobado por el regulador y ejecutarse en un plazo no más allá de 120 días, prorrogable por 60. Si se acerca a cumplir, se le otorga plazo adicional. Si no, se abre la opción de venta, incluyendo la cartera de cotizantes, cuyos planes quedan protegidos por ley.Si finalmente la isapre se declara en quiebra, opera la Ley de Liquidación de Empresas, donde los...

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