Ordinario Nº 2283 de Servicio de Impuestos Internos, 26/07/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 908242628

Ordinario Nº 2283 de Servicio de Impuestos Internos, 26/07/2022

Fecha26 Julio 2022
Número de oficio2283
MateriaRenta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 2 N° 6 y art. 31 N° 1
RENTA ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA ART. 2 N° 6 Y ART. 31 N° 1
(ORD. N° 2283 DE 26.07.2022).
Tratamiento tributario de intereses asociados a un crédito destinado por una sociedad por
acciones al pago de dividendos.
De acuerdo con su presentación, AAA y BBB, evalúan solicitar un crédito bancario que será utilizado
para pagar una deuda que tiene la primera sociedad con un banco comercial, así como para la
distribución de dividendos en ambas sociedades.
Agrega, que la obligación para las sociedades de distribuir los dividendos quedará en la decisión que
adopten las respectivas juntas extraordinarias de accionistas. Agrega que, según se puede acreditar en
los balances de las compañías, por un lado, las empresas no cuentan con la liquidez para enfrentar los
acuerdos que adoptará la junta de accionistas y, por otro, los bienes que tienen estas compañías tienen
destinación específica, dado que ambas empresas son inmobiliarias que explotan cementerios parques,
lo que hace difícil su liquidación sin afectar la operación de los negocios.
Por lo anterior, solicita se confirme que el préstamo bancario que se solicitará cumplirá con los
requisitos del artículo 31 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) y por ende se podrá deducir
como gasto necesario para producir la renta los intereses, reajustes, y otros gastos financieros asociados
al crédito que contraerán las sociedades individualizadas, para financiar el pago de dividendos y la
extinción de un pasivo que tiene contabilizado la otra inmobiliaria, reiterándose los criterios
interpretativos sostenidos en los oficios N° 658 de 2015 y N° 2407 de 2021.
Respecto de lo consultado, sobre los intereses, reajustes y otros gastos financieros asociados al crédito
que será utilizado para pagar los dividendos, se confirma el criterio contenido en los oficios citados
1
.
Saluda a usted,
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 2283 del 26-07-2022
Subdirección Normativa
Depto. de Impuesto Directos
1
Las SpA se consideran anónimas por aplicación del párrafo segundo del N° 6 del artículo 2° de la LIR.

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