Ordinario Nº 2018 de Servicio de Impuestos Internos, 2017-09-07 - Doctrina Administrativa - VLEX 896646907

Ordinario Nº 2018 de Servicio de Impuestos Internos, 2017-09-07

Fecha07 Septiembre 2017
Número de oficio2018
Tipo de documentoRenta
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 40N°1 – LEY N° 18.689, ART. 9. (Ord. Nº 2018, de 07-09-2017) SITUACIÓN TRIBUTARIA DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL, FRENTE A LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA Se ha recibido en esta Dirección Nacional, su presentación indicada en el antecedente, mediante la cual se solicita a este Servicio declarar exentos de impuestos a la renta los frutos civiles que producen los bienes raíces de propiedad del Instituto de Previsión Social (IPS) y emitir un pronunciamiento que determine el proceder de dicho Instituto en el cumplimiento de la situación que se plantea I.- ANTECEDENTES En junio de 2016, el Departamento de Apoyo a la Fiscalización, de la Dirección de Grandes Contribuyentes de este Servicio, solicitó al IPS, dada la no presentación del Formulario 22, sobre Impuestos Anuales a la Renta, correspondiente al año tributario 2016, regularizar su situación tributaria a la brevedad, presentando el referido formulario, de corresponder A este respecto indica, que el IPS no presentó el referido Formulario 22 por cuanto las rentas producidas por los bienes inmuebles pertenecientes a su patrimonio se encuentran exentas de impuestos a la renta. Funda lo anterior en las siguientes normas y antecedentes: a) La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° 23.814, de 25 de septiembre de 1992, expresó: - Que el artículo 9° de la Ley N°18.689, de 1988, que fusiona en el Instituto de Normalización Previsional las Instituciones Previsionales que indica, declara que los bienes muebles e inmuebles señalados en el Decreto Ley N°253, de 1974, esto es, aquellos que conformaban el Fondo de Obras Sociales, quedan libres de toda afectación y se radican definitivamente en el patrimonio del Instituto de Normalización Previsional (INP), hoy IPS. - Que las rentas producidas por los bienes que conformaban el Fondo de Obras Sociales, ceden en beneficio del Instituto de Normalización Previsional, hoy IPS, no así el producto de la venta de los mismos, el que debía ser repartido entre los pensionados de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares. b) La División Jurídica del IPS, mediante Ordinario N°33654/2356-13, de 28 de junio de 2013, reiteró lo expresado por la Contraloría General de la República, agregando que al radicarse tales bienes en el patrimonio de aquel, en el hecho se puso fin a las denominadas Obras Sociales y por tanto, el Fondo respectivo pasó a confundirse con los propios del IPS. c) El IPS se comprende...

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