Ordinario Nº 1998 de Servicio de Impuestos Internos, 29/06/2022
Fecha | 29 Junio 2022 |
Número de oficio | 1998 |
Materia | Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 Letra D) Nº 8 |
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14 LETRA D), Nº 8
(ORD. N° 1998 DE 29.06.2022).
Base imponible del impuesto global complementario en el régimen del N° 8 de la letra D) del
artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
De acuerdo con su presentación, se consulta cuál es la disposición legal que obliga a un socio de una
sociedad acogida al régimen regulado en el N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto
a la Renta (LIR), a incluir en la base imponible del impuesto global complementario de su declaración
anual de impuestos a la renta los retiros que efectúa mensualmente para cubrir sus gastos de vida.
Al respecto, cabe informar que la base imponible de los impuestos finales de los propietarios de una
pyme acogida al régimen de transparencia
1
se conforma por la base imponible determinada en el
ejercicio por la empresa, en la proporción que corresponda
2
, esto es, los propietarios de la pyme tributan
en dicho ejercicio sin importar si efectuaron o no retiros desde la empresa.
Si bien el monto de los retiros, remesas o distribuciones efectivamente percibidas por los propietarios de
la pyme acogida al régimen de tributación del N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la LIR debe
informarse en la declaración jurada N° 1947
3
, estas cantidades corresponden a ingresos por los cuales el
propietario no debe tributar
4
, por tanto, no deben ser incorporados en la base imponible de los impuestos
finales del propietario.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la posible aplicación de los artículos 70 y 71 de la LIR, sobre
justificación de inversiones
5
.
Saluda a usted,
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 1998 del 29-06-2022
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Directos
1
N° 8 letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
2
Según lo dispuesto en la letra b) del N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
3
Resolución Ex. SII N° 97, de 2020.
4
De acuerdo a la ley, se trata de rentas que tributan en el mismo ejercicio en que la empresa las determina, independiente de si son o no
retiradas por sus propietarios. Por lo tanto, cuando son retiradas, no deben volver a tributar.
5
Circular N° 8, de 07.02.2000 y apartado 6.3 de la Circular 40 de 2021.
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