Ordinario Nº 1738 de Servicio de Impuestos Internos, 2010-10-04 - Doctrina Administrativa - VLEX 896645928

Ordinario Nº 1738 de Servicio de Impuestos Internos, 2010-10-04

Número de oficio1738
Fecha04 Octubre 2010
Tipo de documentoRenta
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 43°, ART. 47°, ART. 74°, N°1 – CIRCULAR N° 61, DE 2010. (ORD. N° 1738, DE 04.10.2010) INFORMA SOBRE LAS NORMAS DE RETENCIÓN QUE SE APLICAN A LOS TRABAJADORES PORTUARIOS EVENTUALES Y DISCONTINUOS QUE NO TIENEN PATRÓN FIJO NI PERMANENTE – INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR EL SERVICIO Conforme a lo dispuesto en XXXXXX, informo a Ud. que las normas sobre retención de impuestos que se aplican a los trabajadores portuarios eventuales y discontinuos que no tienen patrón fijo y permanente, se encuentran contenidas en la Circular N° 61, de 2010, copia de la cual, se adjunta a esta respuesta.En resumen, las normas aplicables sobre la materia, artículos 43, incisos 3° y 4°, 47° y 74, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, establecen que: 1.- Regla general aplicable a los trabajadores dependientes.A las rentas mensuales pagadas a cada trabajador, se les aplica la escala de tasas mensual. Su resultado corresponde a la retención que practica el empleador sobre dichas remuneraciones y debe pagarlas hasta el día 12 del mes siguiente.2.- Retenciones a trabajadores eventuales y discontinuos.Cada empleador o pagador de las rentas respectivas, deberá proceder a efectuar el cálculo de la retención del Impuesto Único de Segunda Categoría, en base al respectivo tramo de la escala de tasas progresivas, publicada en el sitio Web de este Servicio, dividiendo los tramos de renta y de sus respectivos créditos, por los turnos o días-turnos que hayan sido efectivamente trabajados o proyectados por cada trabajador. Así por ejemplo, si un trabajador marítimo eventual trabaja 14 días en el mes, los tramos de rentas y los respectivos créditos, serán los correspondientes a 1/14 de la tabla mensual del período en cuestión. En todo caso, las instrucciones administrativas distinguen para efectuar el cálculo anterior:a) El empleador conoce con total certeza el número de turnos que el trabajador efectuará durante el período mensual correspondiente.En este caso, al término de cada turno, los...

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