Ordenanza núm. 4, publicada el 27 de Agosto de 2011. MODIFICA ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS Y COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369702

Ordenanza núm. 4, publicada el 27 de Agosto de 2011. MODIFICA ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS Y COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Rango de LeyOrdenanza

MODIFICA ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS Y COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES

Núm. 4.- San Pedro de Atacama, 28 de julio de 2011- Vistos:

  1. - Las ordenanzas Nº 9 del 20 de diciembre de 2007, Nº 4 del 22 de octubre de 2010 y Nº 6 de 17 de noviembre de 2010, que establecen los montos y cobro de los derechos municipales de la Municipalidad de San Pedro de Atacama;

  2. - La necesidad de crear nuevos rubros en la ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios;

  3. - El acuerdo Nº 175 de fecha 21 de julio de 2011, tomado en la sesión ordinaria Nº 20, del Concejo Municipal de San Pedro de Atacama;

  4. - Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 43 y demás pertinentes del DFL Nº 3.063, sobre rentas municipales y lo dispuesto en el artículo 5 letra d; 10; 56 letra i), 58 letras c) e i); 69 letra b), del DFL Nº 1/19.704, de 2002, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar la siguiente:

Ordenanza:

Artículo 1º

Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la ordenanza ya señalada en los Vistos de este cuerpo, destinada básicamente crear rubros, manteniendo la estructura establecida en la referida ordenanza y sus modificaciones, y estos son:

TÍTULO III Artículos 3 y 4

Derechos girados por la Dirección de Obras Municipales

Se incorpora al numeral 31, artículo 7º:

- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.6.3 y con el Art. 5.1.2 de la OGU y C, es menester de cada empresa de telecomunicaciones que vaya a instalar una antena en la comuna, informar a la Dirección de Obras Municipales mediante una carpeta técnica acerca de las condiciones de dicha instalación, de conformidad a los requerimientos establecidos por la Municipalidad, contenidos en circular Nº 1/2011. Para efectos de revisar dicha carpeta, el monto a cobrar será de 100 UTM.

- Para el caso de erigir una antena de telecomunicaciones o similar, tanto dentro como fuera del radio urbano de la comuna, el monto a cancelar por metro de altura será de 10 UTM. Este cobro será semestral, debiendo tenerse al día para el normal funcionamiento de la misma. De lo contrario, el Municipio podrá generar un decreto de demolición. Las referidas antenas no podrán instalarse en la denominada...

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