Ordenanza núm. 1, publicada el 05 de Julio de 2011. APRUEBA ORDENANZA SOBRE COMERCIO SEXUAL Y OTRAS CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL EN LUGARES PÚBLICOS DE LA COMUNA DE CONCEPCIÓN - MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369754

Ordenanza núm. 1, publicada el 05 de Julio de 2011. APRUEBA ORDENANZA SOBRE COMERCIO SEXUAL Y OTRAS CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL EN LUGARES PÚBLICOS DE LA COMUNA DE CONCEPCIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN
Rango de LeyOrdenanza

APRUEBA ORDENANZA SOBRE COMERCIO SEXUAL Y OTRAS CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL EN LUGARES PÚBLICOS DE LA COMUNA DE CONCEPCIÓN

Núm. 1.- Concepción, 23 de junio de 2011.- Vistos:

  1. Que la Municipalidad tiene por ley la administración de los bienes municipales y nacionales de uso público, en especial de calles, vías de circulación, aceras, plazas, avenidas, paseos, pasajes, bulevares, puentes, túneles, pasos subterráneos, parques, y demás espacios o áreas verdes, entre otros.

  2. Que es deber primordial del Municipio preservar el espacio público como un lugar de convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, trabajo, de ocio, de encuentro y de recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de todos los integrantes y miembros de la comunidad local.

  3. Que el ejercicio en la vía pública del comercio sexual y de prácticas sexuales incívicas o conductas de marcado contenido sexual, exponen a los habitantes de la comuna a actos contrarios al pudor, la moral y las buenas costumbres, además de exponer a las personas intervinientes a contraer o transmitir enfermedades de transmisión sexual, entre otras.

  4. Que la Municipalidad debe velar y propender a la salud de las personas, promoviendo el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud; como asimismo, debe velar por una sana convivencia y respeto de sus miembros, evitando cualquier forma de explotación sexual.

  5. Que las personas que ejercen el comercio sexual callejero o realizan prácticas sexuales incívicas o conductas de marcado contenido sexual, están expuestas a situaciones de riesgo y violencia por parte de terceros, y expuestas al consumo de alcohol y al consumo de todo tipo de drogas.

  6. Que el Municipio tiene la necesidad de colaborar en la protección de los menores de edad, evitando por todos los medios a su disposición la prostitución infantil y su participación en el comercio sexual, lo que constituye un deber municipal ineludible.

  7. Que las conductas de comercio sexual y prácticas sexuales incívicas o conductas de marcado contenido sexual, en los bienes nacionales de uso público, ofenden el pudor, la moral y las buenas costumbres, constituyendo un deterioro en la calidad de vida de los habitantes de Concepción, especialmente de los menores de edad, que se ven expuestos a la exhibición de actitudes de oferta y demanda de dicho comercio y a prácticas sexuales incívicas o conductas de marcado contenido sexual, por lo que el Municipio debe velar por la satisfacción del bien común, por sobre el particular.

  8. Que el comercio sexual callejero, así como las prácticas sexuales incívicas o conductas de marcado contenido sexual, constituyen actividades que no son aceptadas, ni promovidas por la Municipalidad de Concepción.

  9. El acuerdo Nº 704-92-2011, de esta fecha, del Concejo Municipal de Concepción, por el que se aprueba la dictación de la presente Ordenanza.

  10. Lo dispuesto en los incisos 4° y 5° del artículo 1°; Art. 19°1, 2, 4, 9 y Art. 118 de la Constitución Política de la República; artículo 589 del Código Civil, en los artículos 1°, 4° letras b), e), h), j) y l), 5° letra c), d), 12, 63 letras f), k) ,l), 65 letra k) y 79 letra b) Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Ley 18.290 Ley de Tránsito y lo dispuesto en el decreto supremo N° 362, de 1983, del Ministerio de Salud.

  11. En uso de las facultades que me confieren los artículos 56 inciso 1° y 63 letra i) del mismo cuerpo legal citado, resuelvo aprobar la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA SOBRE COMERCIO SEXUAL Y OTRAS CONDUCTAS DE CONNOTACIÓN SEXUAL EN LUGARES PÚBLICOS DE LA COMUNA DE CONCEPCIÓN

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Objetivos y ámbito de aplicación

Artículo 1

La presente...

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