Ordenamiento territorial, justicia ambiental y zonas costeras - Núm. 36, Agosto 2011 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648751961

Ordenamiento territorial, justicia ambiental y zonas costeras

AutorEduardo Cordero Quinzacara
CargoProfesor de Derecho administrativo en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas209-249
209O ,     
A
is article analyzes the scope within
which the concept of “land use planning”
is used according to our Law and places it
face to face with the postulates of the so
called “environmental justice” in order to
dene the problems raised with respect to
the fair treatment that everybody must re-
ceive in terms of stipulations regarding the
use of coastal areas, participation of and
access to environmental information.
K
Land use planning - Environmental
justice – Coastal areas.
* Este trabajo es parte del proyecto de investigación Nº 1090286, nanciada por
F y titulado: “La aplicación del concepto de justicia ambiental en los instru-
mentos de gestión del espacio marino-costero”.
** Profesor de Derecho administrativo en la Facultad de Derecho de la Ponticia
Universidad Católica de Valparaíso. Dirección postal: Ponticia Universidad Católica
de Valparaíso, Facultad de Derecho, Avenida Brasil 2950, Valparaíso, Chile. Correo
electrónico: eduardo.cordero@ucv.cl.
R
El artículo analiza el alcance que tiene
el concepto de “ordenamiento territorial”
en nuestro Derecho y lo confronta con
los postulados de la denominada “justicia
ambiental”, a n de denir los problemas
que se plantean en relación con el trato
equitativo que se deben dar a todas las
personas en materia de ordenación en el
uso de las zonas costeras, la participación y
el acceso a la información ambiental.
P 
Ordenamiento territorial – Justicia
ambiental – Zonas costeras
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XXXVI (Valparaíso, Chile, 2011, 1er Semestre)
[pp. 209 - 249]
O , 
   *
[“Land Use Planning, Environmental Justice and Coastal Areas”]
E C **
Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
[R el 27 de abril y  el 13 de mayo de 2011].
E C 210 R  D XXXVI (1er S  2011)
I. I***
La cuestión ambiental y los problemas que se plantean en relación con la
calidad de vida de las personas y el uso de los recursos naturales, ha llegado a
una cota que nos exige reexionar sobre la ecacia de los marcos normativos
vigentes y las medidas que adoptan los Estados para prevenir y enfrentar
oportunamente una serie de problemas, que lentamente se van tornando
irreversibles.
En efecto, nuestra Carta fundamental consagra un “orden constitucional
sustantivo” que aspira a la realización de determinados valores y bienes, en
donde el Estado debe tomar un rol activo para crear las condiciones sociales
que permitan a todos los integrantes de la comunidad nacional su mayor
realización espiritual y material posible, promoviendo la integración armó-
nica de todos los sectores de la Nación (artículo 1 incisos 4º y 5º). En este
contexto el medio ambiente constituye un valor central para el desarrollo del
ser humano, que explica su reconocimiento como un derecho constitucional
(medio ambiente libre de contaminación) y los deberes que se imponen al
Estado para preservar la naturaleza y conservar el patrimonio ambiental
(artículos 19 Nos. 8 y 24).
En tal sentido, la Constitución aspira a la realización efectiva de estos
valores (artículo 6 inciso 2º), que reconocen como centro de su marco
axiológica a personas dignas, libres e iguales (artículo 1º inciso 1º) a cuyo
servicio se encuentran todos los órganos del Estado (artículo 1 inciso 4º),
los cuales están sujetos al deber de crear dichas condiciones que permitan la
cohesión social bajo la idea de la integración armónica de todos los sectores
de la Nación1.
*** A: CNUBC = Comisión Nacional del Uso del Borde Costero;
CRUBC = Comisión Regional de Uso del Borde Costero; COREMA = Comisión
Regional de Medio Ambiente; DO. = Diario Ocial; IPT = Instrumento de Planica-
ción Territorial; LBGAE. = Ley orgánica constitucional Nº 18.575: de Bases generales
de la administración del Estado; LGAR. = Ley orgánica constitucional Nº 19.175, de
Gobierno y administración regional; LGUC. = Decreto con fuerza de ley Nº 458 de
1978: Ley general de urbanismo y construcciones; LBMA. = Ley Nº 19.300 de Bases
del medio ambiente; LM. = Ley orgánica constitucional de Municipalidades Nº 18.695;
OGUC. = Ordenanza general de urbanismo y construcciones; PRDU = Plan Regional
de Desarrollo Urbano; PRI = Plan Regulador Intercomunal; PRM = Plan Regulador
Metropolitano; PRC = Plan Regulador Comunal.
1 El concepto de cohesión social ha sido un elemento central de los valores e ideas
que proclama la Unión Europea, dando origen al denominado “modelo social euro-
peo”. Esta ha sido denida como “la capacidad de una sociedad de asegurar el bienestar
de todos sus miembros, minimizando disparidades y evitando la polarización. Una so-
ciedad cohesionada consiste en una comunidad de individuos libres que se apoyan en
211O ,     
Ahora bien, desde que se ha asumido como un hecho evidente que el
desarrollo espontáneo de la sociedad no permite resolver los problemas de
desigualdad e integración social de manera adecuada, el Estado ha debido
asumir una mayor intervención, siendo respaldado constitucionalmente a
través de un conjunto de normas económico-sociales que se traducen en
valores y bienes que orientan la acción estatal. A su vez, esta acción interven-
tora sustentada a partir de la cuestión social, entendida como un conjunto
de hechos que justican esta mayor intervención pública, encuentra grandes
similitudes con la cuestión ambiental, en la medida que exige focalizar la ac-
ción estatal en orden a garantizar condiciones que permitan contar con un
medio ambiente adecuado y sano, a partir de una explotación intensa de los
recursos naturales que rompe su ciclo natural de regeneración. Así, cuando
se toma conciencia de esta realidad y se asume que los recursos naturales no
son inagotables, de inmediato aora la necesidad de adoptar medidas que
permitan su explotación y aprovechamiento bajo el concepto de desarrollo
sustentable, imponiendo una serie de limitaciones que necesariamente in-
ciden en el ejercicio de la libertad económica y el derecho de propiedad. Al
mismo tiempo, emerge en su máxima expresión la tensión entre desarrollo
económico y protección del medio ambiente.
No es de extrañar, por tanto, que los problemas ambientales no sólo
reconozcan un fuerte impacto en el sistema económico, sino también en
los sistemas sociales, especialmente en lo que dice relación con los asenta-
la búsqueda de estos objetivos comunes bajo medios democráticos”. Véase: E
C  S C, A New Strategy for Social Cohesion. Revised
Strategy for Social Cohesion Approed by the Committee of Ministers of the Council of
Europe on 31 March 2004 (Council of Europe, octuber, 2004). Bien se ha señalado que
el concepto europeo de cohesión social tiene como referencia la “cultura de derechos
sociales”. Cohesión social equivale a integración social mediante el acceso garantizado
legalmente a diferentes funciones y recursos sociales que provee el Estado. La cohesión,
por ende, no viene dada de antemano (de la naturaleza del individuo o de la sociedad
civil), sino que se crea políticamente mediante la sanción legal de derechos que el Esta-
do tiene la obligación de asegurar, independientemente de cualquier vínculo natural o
tradicional. Véase: S, Bernardo - T, Eugenio, Cohesión Social en América La-
tina: un marco de inestigación, en Pensamiento Iberoamericano, 2ª época, 1 (2007), pp.
109-110. En el caso de Latinoamérica, la discusión sobre el tema de la cohesión social
ha sido impulsado por entidades como el Banco Interamericano de Desarrollo, la Co-
misión Económica para América Latina y el Caribe, la Corporación de Estudios para
América Latina y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Véase: B
I  D, La cohesión social en América Latina y el Cari-
be. Análisis, acción y coordinación (Washington, Banco Interamericano de Desarrollo,
2006); C, Panorama Social de América Latina (Santiago de Chile (C, 2006)
y de la misma entidad: Cohesión social. Inclusión y sentido de pertinencia en América
Latina y el Caribe (Santiago de Chile, C, 2007).

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