Decreto 1060 - ORDENA A PROPIETARIO DE INMUEBLE QUE INDICA EJECUTAR LAS OBRAS QUE SEÑALA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUÍN |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 21 de Septiembre de 2010 |
ORDENA A PROPIETARIO DE INMUEBLE QUE INDICA EJECUTAR LAS OBRAS QUE SEÑALA
San Joaquín, 20 de julio de 2010.- La alcaldía de San Joaquín hoy se decretó lo siguiente:
Núm. 1.060 sección 1ª.- Vistos: 1º) Memorándum Nº 174 de la Dirección de Obras Municipales de fecha 02.06.10;
Teniendo presente: Las facultades que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el DFL 1 del Ministerio del Interior del 26.07.06; artículo 8 de la ley 17.235, sobre Impuesto Territorial; el artículo 58 bis de la Ley de Rentas Municipales DL 3.063; y el artículo 2.5.1. del decreto 47, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción; y el artículo 45 de la ley Nº 19.880 de fecha 29.05.03 que establece bases de los procedimientos que rigen los acto administrativos; y
Considerando: a) Que la Propiedad ubicada en Avenida Santa Rosa Nº 6140 se encuentra en estado de total abandono generando riesgos a la seguridad y a la salubridad de la población al ser un foco de plagas y refugio de drogadictos y delincuentes; y b) que, de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, es obligación de la Municipalidad notificar a los propietarios de propiedades abandonadas respecto a las mejoras o reparaciones que deban efectuarse en dichos inmuebles,
Decreto:
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Ordénese al propietario del inmueble ubicado en Avenida Santa Rosa 6140 de la comuna de San Joaquín, ejecutar las siguientes obras en dicha propiedad:
. Retiro de escombros y basura desde el interior de la propiedad.
. Construcción de cierre perimetral de 2,00 metros de alto y 50% de transparencia, conforme a la Ley de Urbanismo y Construcción.
. Pintado y mantención de la fachada de la propiedad.
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Notifíquese por el Departamento de Rentas e Inspecciones el presente decreto al propietario del inmueble, Distribuidora Cademar Ltda., RUT 83.975.400-0, domiciliada en Guayaquil Nº 524, Santiago y en caso que la gestión no sea posible, mediante publicación en el Diario Oficial de acuerdo a lo previsto por el artículo 45 de la ley 19.880.
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Fíjese el plazo para ejecutar las obras ordenadas por este decreto en 20 días corridos desde la notificación. Se hace presente...
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