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Orden núm. 2, publicada el 09 de Diciembre de 2017. DISPONE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LA ORDEN MINISTERIAL N° 1, DE 28 DE ABRIL DE 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyOrden

DISPONE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LA ORDEN MINISTERIAL N° 1, DE 28 DE ABRIL DE 2017

Núm. 2.- Santiago, 4 de diciembre de 2017.

Vistos:

Las atribuciones que el decreto Ley N° 1.939, de 1977, confiere al Ministerio de Bienes Nacionales en materia de Adquisición, Administración y Disposición de los Bienes del Estado; el decreto ley N° 3.274, de 1980, que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; decreto con fuerza de Ley N° 1-19.653, del 13 de diciembre del año 2000 de la Secretaría General de la Presidencia que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley N° 19.880 sobre Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la facultad contemplada en el artículo letra b) del decreto supremo N° 386, de 1981, del Ministerio de Bienes Nacionales, que contiene el Reglamento Orgánico del Ministerio de Bienes Nacionales; la orden ministerial N° 1, de 2017, del Ministerio de Bienes Nacionales; el Ord. GabM N° 296 de 2017, de la Jefa de Gabinete de la Sra. Ministra de Bienes Nacionales; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600 de 2008, y dictamen N° 52.349 de 2015, ambos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que el Ministerio de Bienes Nacionales tiene la misión de reconocer, administrar y gestionar el patrimonio fiscal; formar y conservar el catastro de los bienes raíces de propiedad Fiscal y de todas las entidades del Estado, así como de los Bienes Nacionales de Uso Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° del DL N° 1.939 de 1977; así como elaborar las políticas destinadas al aprovechamiento armónico del territorio fiscal para orientarlo al servicio del desarrollo económico, social y cultural del país en forma sustentable.

  2. - En el cumplimiento de esa misión, el Ministerio de Bienes Nacionales ha dispuesto entregar en administración a terceros los inmuebles Fiscales tanto para su uso productivo como para la conservación y preservación de los bienes que tienen valor patrimonial.

  3. - Que en este contexto, el MBN ha dictado órdenes ministeriales, con la finalidad de establecer criterios de general aplicación, en materia de concesión de inmuebles Fiscales para el desarrollo de proyectos de Energías Renovables No Convencionales.

  4. - Que la Asociación Chilena de Energías Renovables A.G. (ACERA) ha solicitado a esta Secretaría de Estado una ampliación de...

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