ORD. Nº 3444/21 11 de Julio de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 798623993

ORD. Nº 3444/21 11 de Julio de 2019

Fecha Disposición11 de Julio de 2019

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K. 3803(781)/2018

ORD. Nº 3444/021

MAT.: Asociaciones de funcionarios; Traspasados a servicios locales de Educación Pública; Reforma de estatutos; Procedencia;

RDIC.: Resulta jurídicamente procedente que las asociaciones de funcionarios constituidas en una municipalidad, cuyos servicios educacionales fueron traspasados sin solución de continuidad a un servicio local de educación pública, reformen sus estatutos en los términos expuestos en el cuerpo del presente oficio, conforme al procedimiento previsto para ello en el artículo 15 de la ley N°19.296.

ANT.: 1) Pase N°529, de 29.04.2019, de Jefe de Asesores Gabinete Director del Trabajo.

2) Instrucciones, de 28.02.2019, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3) Ord. N°07/3607, de 11.10.2018, de Jefe División Jurídica Ministerio de Educación.

4) Ord. N°4815, de 13.09.2018, de Jefe Dpto. Jurídico (s).

5) Ord. N°2137, de 03.05.2018, de Jefe Dpto. Jurídico.

6) Ord. N°251, de 05.04.2018, de Director Regional del Trabajo (s) Región de Coquimbo.

7) Presentación, de 07.03.2018, dirigida a I.P.T Coquimbo, de Sr. Nelson Garry C., presidente Asociación de Funcionarios Asistentes de la Educación de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.

FUENTES: Ley N°19.296, artículos , 15 y 61. Ley 21.040, artículos 74, cuadragésimo primero y cuadragésimo tercero transitorios.

SANTIAGO, 11 de julio de 2019

DE : DIRECTOR NACIONAL DEL TRABAJO

A : SEÑOR NELSON GARRY CAMPOS

PRESIDENTE ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS

ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO

afaecoquimbo@gmail.com

Mediante presentación citada en el antecedente 7), remitida por la Dirección Regional del Trabajo de Coquimbo, a través de oficio citado en el antecedente 6), requiere un pronunciamiento de esta Dirección destinado a determinar si luego del traspaso de los dependientes del Departamento de Administración de Educación Municipal de la I. Municipalidad de Coquimbo, al Servicio Local de Educación Pública Puerto Cordillera, con arreglo a las normas de la ley N°21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, los afiliados a la organización que dirige deberán constituir una nueva asociación de funcionarios, o si resulta procedente reformar sus estatutos, a fin de adecuarlos a la nueva repartición de la que actualmente dependen.

Por su parte, el entonces Director Regional del Trabajo (s) de Coquimbo, expresa en el oficio a que se ha hecho referencia, que el artículo cuadragésimo tercero transitorio...

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