ORD. Nº 765 27 de Febrero de 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 772433189

ORD. Nº 765 27 de Febrero de 2019

Fecha Disposición27 de Febrero de 2019

DEPARTAMENTO JURIDICO

E21292(2587)2018

ORD. Nº:765

MAT.: Atiende solicitud de empresa Telec Ltda., sobre utilización de sistema de registro y control de asistencia electrónico.

ANT.: 1) Instrucciones de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, de 20.02.2019.

2) Presentación de 26.11.2018, de Sr. Mauricio López Veloso, en representación de empresa Telec Ltda.

SANTIAGO,

DE: JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A: SR. MAURICIO LÓPEZ VELOSO

TELEC LTDA.

SANTA ELVIRA Nº 485

SANTIAGO, 27.02.2019

Mediante presentación del antecedente 2), se solicita a este Servicio autorización para implementar un sistema de registro y control de asistencia electrónico comercializado por la empresa Victoria S.A., que a su vez ha sido debidamente examinado por este Servicio, según consta en Ordinario Nº 4271, de 16.08.2016.

Al respecto, cúmpleme informar a usted que el inciso 1° del artículo 33 del Código del Trabajo, dispone:

Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro.

Como puede apreciarse del texto transcrito, contar con un sistema de registro y control de asistencia constituye una obligación legal de los empleadores, por lo cual, en realidad, legalmente no se requiere especial autorización de esta Dirección para su implementación.

Sin embargo, resulta necesario señalar que a fin de validar el cumplimiento de las exigencias contenidas en los dictámenes Nº1140/027, de 24.02.2016 y N°5849/133, de 04.12.2017, la empresa Victoria S.A., sometió por segunda vez su sistema de...

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