ORD. N°800 16 de Febrero de 2017. Atiende consultas sobre trabajo en régimen de subcontratación y ejercicio de facultades derivadas de la potestad de mando. - Doctrina Administrativa - VLEX 671107565

ORD. N°800 16 de Febrero de 2017. Atiende consultas sobre trabajo en régimen de subcontratación y ejercicio de facultades derivadas de la potestad de mando.

Fecha Disposición16 de Febrero de 2017
MateriaAtiende consultas sobre trabajo en régimen de subcontratación y ejercicio de facultades derivadas de la potestad de mando.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTAMENES E

INFORMES EN DERECHO

K 5874 (1434) 2016

ORD.:800/

MAT.: Subcontratación; Vínculo de subordinación y dependencia; Poder de mando y dirección; Empresa principal y contratista;

RORD.: Atiende consultas sobre trabajo en régimen de subcontratación y ejercicio de facultades derivadas de la potestad de mando.

ANT.: 1) Ord. N° 214 de fecha 30.01.2017, de Inspector Comunal del Trabajo Viña del Mar (S).

2) Correos electrónicos de 16.11.2016 y 15.11.2016, entre Jefa de la Unidad de Defensa Judicial, Derechos Fundamentales y Coordinación Jurídica y Coordinadora Jurídica de Dirección Regional del Trabajo, Región de Valparaíso.

3) Ord. 1844 de 27.10.2016, de Inspectora Comunal de Viña del Mar.

4) Informes de Fiscalización N° 506/2016/1973 y N° 506/2016/1974, de Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, de 22.09.2016.

5) Ord. 3288 de 23.06.2016, de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

6) Pase N° 182, de Jefa de 1Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

7) Instrucciones de 07.06.2016, de Jefa de Unidad de Dictámenes e informes en Derecho.

8) Presentación de 01.06.2016, de Presidente de Federación Nacional de Trabajadores.

SANTIAGO, 16.02.2017

DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

A : ÁLVARO LAGOS FUENTES

PRESIDENTE

FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES (FENTRA)

MOLINA 478, OFICINA 1-A, VALPARAISO

ALAGOS@VTR.NET

Mediante antecedente 8), la Federación Nacional de Trabajadores, FENTRA, solicita a este servicio un pronunciamiento respecto de la subordinación y dependencia que se estaría ejerciendo por funcionarios de Ripley Store Limitada respecto de dos promotoras de la empresa Cafferena S.A. en la tienda Ripley ubicada en el mall Marina Arauco, ubicado en Ancla 2 Avenida Libertad 1348, Viña del Mar.

De acuerdo a los antecedentes acompañados por el solicitante, las trabajadoras tienen vínculo laboral con la empresa Caffarena S.A., sin embargo, indican que, las trabajadoras, Nicole Maldonado e Irene García, son objeto de una serie de hechos por parte de personal de la empresa Ripley Store Ltda., propios de la calidad de empleador, a pesar de no serlo, como control de horarios de entrada, salida y colación por parte de los guardias de la tienda, control de uso de los permisos sindicales, instrucciones y deber de informar movimientos diarios dentro de la tienda, atención de ventas de otras marcas distinta de la empresa Caffarena y solicitud de datos personales por parte de personal de seguridad de Ripley Store. Asimismo, denuncian malos tratos y otras conductas que podrían ser constitutivas de vulneración de derechos fundamentales.

En virtud de lo anterior y con el objeto de emitir el pronunciamiento requerido, se estimó necesario recabar información, solicitándose una fiscalización en el local de la empresa Ripley Store Ltda., para efectos de establecer y verificar la existencia de los hechos indicados en la solicitud. Para estos efectos, la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, llevó a cabo fiscalización N°0506/2016/1662, según consta en antecedente 3), con el fin de determinar la existencia del ejercicio de facultades inherentes a la subordinación por parte de la empresa fiscalizada respecto de las promotoras de la empresa Caffarena S.A., en la tienda en las que ellas laboran, en el cual se constató que:

  1. Respecto al control horario, de acuerdo a las declaraciones de las propias afectadas y trabajadores de la empresa Ripley Store, no fue posible determinar la existencia de un control de registro de asistencia de parte de aquella a las trabajadoras de Caffarena afectadas.

    Sin embargo, don Elías Espinoza, Jefe de Prevención de Pérdidas de la empresa Ripley Store, declaró que "se lleva un control respecto del personal que ingresa a la empresa, el cual no es registro de asistencia, es un cuaderno donde se anota a todo el personal que permanece al interior de la empresa, Este registro se hace con la...

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