ORD. N°5541/123 15 de Noviembre de 2017. 1 La inercia del empleador para acercarse a su contraparte en la búsqueda de un acuerdo en la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, no puede estimarse como un vicio tal que invalide el requerimiento formulado ante la Dirección Regional.2. El proyecto de contrato colectivo que fue presentado con posterioridad al... - Doctrina Administrativa - VLEX 696945717

ORD. N°5541/123 15 de Noviembre de 2017. 1 La inercia del empleador para acercarse a su contraparte en la búsqueda de un acuerdo en la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, no puede estimarse como un vicio tal que invalide el requerimiento formulado ante la Dirección Regional.2. El proyecto de contrato colectivo que fue presentado con posterioridad al...

Fecha Disposición15 de Noviembre de 2017
Materia1 La inercia del empleador para acercarse a su contraparte en la búsqueda de un acuerdo en la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, no puede estimarse como un vicio tal que invalide el requerimiento formulado ante la Dirección Regional.2. El proyecto de contrato colectivo que fue presentado con posterioridad al...

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