ORD. N°4362 27 de Agosto de 2015. Cuota Sindical; Depósito en cuenta de ahorro; Entrega de planilla de descuentos de la cuota sindical; Trabajadores con licencia médica; Descuento de cuota sindical; - Doctrina Administrativa - VLEX 582641854

ORD. N°4362 27 de Agosto de 2015. Cuota Sindical; Depósito en cuenta de ahorro; Entrega de planilla de descuentos de la cuota sindical; Trabajadores con licencia médica; Descuento de cuota sindical;

Fecha Disposición27 de Agosto de 2015
MateriaCuota Sindical; Depósito en cuenta de ahorro; Entrega de planilla de descuentos de la cuota sindical; Trabajadores con licencia médica; Descuento de cuota sindical;

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K. 7070 (1308) 2015

ORD.: 4362 /

MAT.:Cuota Sindical; Depósito en cuenta de ahorro; Entrega de planilla de descuentos de la cuota sindical; Trabajadores con licencia médica; Descuento de cuota sindical;

RORD.:1. Resulta jurídicamente procedente que el directorio de la organización sindical de que se trata requiera de su empleador la entrega de la planilla de descuentos de cuotas sindicales, a fin de cumplir con las finalidades que la ley ha encomendado al sindicato, entre las cuales se encuentra aquellas relativas a la consecución de beneficios sociales.

ANT.:1) Instrucciones de 03.08.2015 y 02.07.2015, de Jefe (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2)Presentación de 05.06.2015, de Jorge Murúa Saavedra, Presidente Sindicato Nacional Interempresa de Trabajadores Metalúrgicos, de la Construcción, de la Comunicación, Energía, Servicios y Actividades Conexas "SIME".

SANTIAGO, 27.08.2015

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

A:JORGE MURÚA SAAVEDRA

PRESIDENTE

SINDICATO NACIONAL INTEREMPRESA DE TRABAJADORES METALÚRGICOS, DE LA CONSTRUCCIÓN, DE LA COMUNICACIÓN, ENERGÍA, SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS "SIME"

delsimesomos@gmail.com

SANTA ROSA Nº 101

SANTIAGO/

Mediante presentación del antecedente 2) se ha solicitado que esta Dirección emita un pronunciamiento acerca de las siguientes materias:

Al respecto, cúmpleme en informar a Ud. lo siguiente:

"Los empleadores, cuando medien las situaciones descritas en el artículo anterior, a simple requerimiento del presidente o tesorero de la directiva de la organización sindical respectiva, o cuando el trabajador afiliado lo autorice por escrito, deberán deducir de las remuneraciones de sus trabajadores las cuotas mencionadas en el artículo anterior y las extraordinarias, y depositarlas en la cuenta corriente o de ahorro de la o las organizaciones sindicales beneficiarias, cuando corresponda".

De la norma legal transcrita se colige que el empleador deberá descontar de las remuneraciones de sus dependientes las cuotas sindicales que hayan sido determinadas en los estatutos del sindicato, ello, a simple requerimiento del presidente o tesorero de la directiva de la organización sindical, o cuando el trabajador afiliado lo autorice por escrito.

Ahora bien, de lo expuesto en su presentación aparece que la entrega de la planilla de descuentos de la cuota sindical resulta necesaria para verificar el descuento de cada socio, como asimismo, identificar cual es la empresa que deposita a la...

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