ORD. N°3445 9 de Julio de 2015. Bono manipuladoras de alimentos PAE/PAP; Protocolo de Acuerdo entre la Junaeb y la representantes de las manipuladoras de alimentos; Empresa que no se adjudica la licitación; Obligación de pago; - Doctrina Administrativa - VLEX 582634934

ORD. N°3445 9 de Julio de 2015. Bono manipuladoras de alimentos PAE/PAP; Protocolo de Acuerdo entre la Junaeb y la representantes de las manipuladoras de alimentos; Empresa que no se adjudica la licitación; Obligación de pago;

Fecha Disposición 9 de Julio de 2015
MateriaBono manipuladoras de alimentos PAE/PAP; Protocolo de Acuerdo entre la Junaeb y la representantes de las manipuladoras de alimentos; Empresa que no se adjudica la licitación; Obligación de pago;

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K. 6232 (1105) 2015

ORD.: N° 3445 /

MAT.:Atiende presentación que indica.

ANT.:1) Correo electrónico de 26.05.2015, de Paula Ortega, Coordinadora Dirección Regional Coquimbo.

2) Ord. Nº438 de 14.05.2015, de Directora Regional del Trabajo Región de Coquimbo.

3) Presentación de 15.04.2015, de Sindicato Manipuladoras de Alimentos Empresa Soser S.A.

SANTIAGO, 09.07.2015

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SINDICATO MANIPULADORAS DE ALIMENTOS EMPRESA SOSER S.A.

LOS CARRERA S/N

LA SERENA/

Mediante Ordinario del antecedente 2) se ha remitido a este Servicio la presentación del antecedente 3), en virtud de la cual se expone la situación que aqueja a 62 trabajadoras de la empresa Soser S.A., de la región de Coquimbo, quienes, en el mes de marzo del presente año, no habrían recibido el pago del Bono Manipuladoras de Alimentos PAE/PAP, ascendente a $67.500 de acuerdo a lo establecido en el Protocolo de Acuerdo, suscrito el 29.08.2014 entre la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y representantes de las manipuladoras de alimentos.

En forma previa a resolver sobre el particular, cabe señalar que la Ley N° 20.798, Ley de Presupuestos del sector público correspondiente al año 2015, Partida 09, Capítulo 09, Programa 01, Subtítulo 24, Asignación 290, Glosa N°11, establece:

Con cargo a estos recursos, a contar del mes de marzo del año 2015, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas podrá efectuar transferencias a las empresas de prestación de servicios alimenticios para establecimientos escolares y preescolares derivados de las licitaciones denominadas ID 85-35-LP11 e ID 85-16-LP12, a fin de que éstas paguen un bono mensual a sus trabajadoras manipuladoras de alimentos con contrato vigente de jornada completa de $67.500. Este bono asimismo se pagará al resto de dichas trabajadoras con contrato parcial, en proporción a las horas de contrato. Mediante resolución de JUNAEB se regulará la forma y modalidad en que se efectuará dicha transferencia.

Delanormalegalprecedentementetranscrita se infiere que la ley de presupuesto correspondiente al año 2015, entregó recursos por un monto ascendente a $15.188.000.000, a fin de mejorar las condiciones salariales de las manipuladoras de alimentos que mantengan contrato vigente en las empresas que se adjudicaron las licitaciones denominadas ID 85-35-LP11 e ID 85-16-LP12 para el suministro de raciones alimenticias en los establecimientos escolares y preescolares asistidos por la Junta Nacional...

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