ORD. N°3383 25 de Julio de 2017. Es improcedente la interposición de recursos administrativos de reposición y jerárquico respecto del recurso de aclaración, razón por la cual se devuelve expediente de Recurso Jerárquico presentado por la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda, debiendo esa Dirección Regional ajustarse a las instrucciones contenidas en el presente documento. - Doctrina Administrativa - VLEX 695278797

ORD. N°3383 25 de Julio de 2017. Es improcedente la interposición de recursos administrativos de reposición y jerárquico respecto del recurso de aclaración, razón por la cual se devuelve expediente de Recurso Jerárquico presentado por la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda, debiendo esa Dirección Regional ajustarse a las instrucciones contenidas en el presente documento.

Fecha Disposición25 de Julio de 2017
MateriaEs improcedente la interposición de recursos administrativos de reposición y jerárquico respecto del recurso de aclaración, razón por la cual se devuelve expediente de Recurso Jerárquico presentado por la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda, debiendo esa Dirección Regional ajustarse a las instrucciones contenidas en el presente documento.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTAMENES E

INFORMES EN DERECHO

K. 3428 (820) 2017

ORD.:3383/

MAT.: Recurso de reposición y jerárquico; Impugnación de un acto aclaratorio o rectificatorio; Procedencia;

RORD.: Es improcedente la interposición de recursos administrativos de reposición y jerárquico respecto del recurso de aclaración, razón por la cual se devuelve expediente de Recurso Jerárquico presentado por la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda, debiendo esa Dirección Regional ajustarse a las instrucciones contenidas en el presente documento.

ANT.: 1) ORD. N°0147, de 07.04.2017, del Director Regional del Trabajo (S), Magallanes y Antártica Chilena.

2) Resolución N°48, de 22.03.2017, del Director Regional del Trabajo Magallanes y Antártica Chilena.

3) Recurso de reposición, en subsidio recurso jerárquico, de 24.02.2017, de la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda.

4) Resolución N°026, de 20.02.2017, del Director Regional del Trabajo (S) Magallanes y Antártica Chilena.

5) Recurso de aclaración, de 08.02.2017, de la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda.

6) Resolución N°89, de 01.04.2016, del Director Regional del Trabajo de Magallanes y Antártica Chilena.

7) Resolución N°54, de 20.04.2012, del Director Regional del Trabajo (S) de Magallanes y Antártica Chilena.

SANTIAGO, 25.07.2017

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : DIRECTOR REGIONAL DEL TRABAJO

MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Mediante documento singularizado en el Ant. 1), se ha remitido a esta Autoridad, presentación del Ant. 3), en el que se eleva para conocimiento recurso jerárquico interpuesto por la empresa Equipos Mineros Río Grande Ltda., en subsidio de recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución del Ant. 4) que se pronuncia sobre recurso de aclaración, de conformidad a lo previsto en el artículo 62 de la ley N°19.880, que “Establece Bases De Los Procedimientos Administrativos Que Rigen Los Actos De Los Órganos De La Administración Del Estado”.

Al respecto se debe indicar, como cuestión previa, que el recurso de aclaración a que se ha hecho referencia se interpone, por parte de la empresa recurrente, respecto a las Resoluciones Ns° 54, de 20.04.2012, y 89, de 01.04.2016, de la Dirección Regional del Trabajo de Magallanes y Antártica Chilena.

Señalado lo anterior, cumplo con indicar a Ud. lo siguiente:

El artículo 62 de la ley N°19.880, dispone:

En cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento...

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