ORD. N°324 19 de Enero de 2017. Atiende presentación referida a la continuidad de relación laboral que indica. - Doctrina Administrativa - VLEX 671108121

ORD. N°324 19 de Enero de 2017. Atiende presentación referida a la continuidad de relación laboral que indica.

Fecha Disposición19 de Enero de 2017
MateriaAtiende presentación referida a la continuidad de relación laboral que indica.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

10505(2333)2016

ORD.:324/

MAT.: Contrato de Trabajo; Principio de continuidad laboral;

RORD.: Atiende presentación referida a la continuidad de relación laboral que indica.

ANT.: 1) Instrucciones de 20.12.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 13.10.2016 de Sr. Cristián Eguiguren Stuven por Ecocil Ltda.

SANTIAGO, 19.01.2017

A : SR. CRISTIÁN EGUIGUREN STUVEN

ECOCIL S.A.

AV. PRESIDENTE EDUARFO FREI MONTALVA N° 5300

RENCA

Mediante presentación del Ant. 2), solicita un pronunciamiento de esta Dirección, acerca de la continuidad de la relación laboral, del Sr. Miguel Riffo León con esa empresa.

Agrega, que su solicitud, obedece al requerimiento que le efectuara la Administradora de Fondos de Cesantía S.A. AFC, con el fin de evaluar la devolución de cotizaciones efectuadas a dicha entidad por el exceso de 11 años.

Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:

El artículo , inciso , del Código del Trabajo, dispone:

Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alterarán los derechos y obligaciones de los trabajadores emanados de sus contratos individuales o de los instrumentos colectivos de trabajo, que mantendrán su vigencia y continuidad con el o los nuevos empleadores.

De la norma legal transcrita se infiere, que el legislador ha vinculado la continuidad laboral y los derechos individuales y colectivos del trabajador con la empresa en sí y no con la persona natural o jurídica dueña, poseedora o mera tenedora de la misma. Por tal razón, las modificaciones totales o parciales acerca del dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alterarán tales derechos ni la subsistencia de los contratos de trabajo, los que continúan vigentes con él o los nuevos empleadores.

Lo anterior, reviste armonía con la jurisprudencia reiterada y uniforme de esta Dirección, contenida, entre otros, en dictamen Nº 3542/97, de 12.08.2005.

En la especie, de los antecedentes aportados a esta Dirección respecto del caso en consulta, aparece...

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