ORD. N°2491 9 de Mayo de 2016. Atiende presentación del Sindicato de Trabajadores Universidad Alberto Hurtado, relativa a la procedencia de otorgar el feriado progresivo, adicional al feriado básico convencional suscrito en instrumento colectivo. - Doctrina Administrativa - VLEX 641303373

ORD. N°2491 9 de Mayo de 2016. Atiende presentación del Sindicato de Trabajadores Universidad Alberto Hurtado, relativa a la procedencia de otorgar el feriado progresivo, adicional al feriado básico convencional suscrito en instrumento colectivo.

Fecha Disposición 9 de Mayo de 2016
MateriaAtiende presentación del Sindicato de Trabajadores Universidad Alberto Hurtado, relativa a la procedencia de otorgar el feriado progresivo, adicional al feriado básico convencional suscrito en instrumento colectivo.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E

INFORMES EN DERECHO

K 15590 (3567) 2015

ORD.: 2491 /

MAT.: Dirección del Trabajo; Competencia; Instrumento colectivo; Interpretación de cláusula; Feriado progresivo;

RORD.: Atiende presentación del Sindicato de Trabajadores Universidad Alberto Hurtado, relativa a la procedencia de otorgar el feriado progresivo, adicional al feriado básico convencional suscrito en instrumento colectivo.

ANT.:1) Ordinario N°001432 de 22.04.2016, de la Inspectora Provincial del Trabajo Santiago

2) Presentación de 15.03.2016 de la Universidad Alberto Hurtado.

3) Ordinario N° 1163 de 26.02.2016 de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

4) Correos electrónico de fecha 31.12.2015 y del 04.01.2016, remite antecedentes.

5) Correo electrónico del 30.12.2015 de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

6) Ordinario N°3842 del 21.11.2015 de la Inspectora Provincial de Santiago.

7) Presentación de 03.12.2015, de don Richard Apablaza Contreras, en representación del Sindicato de Trabajadores Universidad Alberto Hurtado RSU 1301.2780.

SANTIAGO, 09.05.2016

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. RICHARD APABLAZA CONTRERAS

PRESIDENTE SINDICATO DE TRABAJADORES UNIVERSIDAD ALBERTO HURTADO

ALMIRANTE BARROSO N° 10

SANTIAGO

rapablaza@uahurtado.cl

Por medio de la presentación del antecedente 7), complementado con los documentos acompañados en antecedente 4) Ud. ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio acerca de la procedencia de otorgar el feriado progresivo a continuación del feriado básico convencional, suscrito en un instrumento colectivo.

Señala que desde la fundación de la Universidad Alberto Hurtado el empleador ha otorgado a los trabajadores un feriado de modo colectivo de 20 días hábiles, situación que se plasmó posteriormente en el primer contrato colectivo suscrito, beneficio que se otorga a la fecha. Agrega que la empresa, se niega a otorgar el feriado progresivo, argumentando que dichos días, se encuentran incorporados a quienes les corresponde en este feriado colectivo.

Acompaña, copia de contrato colectivo del 09 de enero de 2009, copia de contrato colectivo de fecha 15 de enero de 2015, fotos de una agenda institucional del año 2003, que señala que el feriado se extiende desde el 01 de febrero y el 04 de marzo de ese año, copia de correos electrónicos entre el solicitante y don José Burmeister, Secretario General de la Universidad, copia del formulario Feriado Legal (vacaciones) de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, Dirección de Personas y 18 declaraciones voluntarias de trabajadores que certifican que la empresa ha otorgado este feriado colectivo.

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