ORD. N°1282 4 de Marzo de 2016. Da respuesta a consulta que indica.
Fecha Disposición | 4 de Marzo de 2016 |
Materia | Da respuesta a consulta que indica. |
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO JURIDICO
K: 14218(3331)2015
9053(1771)2015
ORD.: 1282 /
MAT.:Estatuto Docente; Beneficio de la titularidad de la ley Nº 20.804; Horas de docencia de aula a contrata; Labores de orientación;
RORD.:Da respuesta a consulta que indica.
ANT.: 1) Ordinario N°0581 de 27.01.2016, de Director del Trabajo.
2) Ordinario N°060 de 14.01.2016, de Inspectora Comunal del Trabajo de Maipú.
3) Correo electrónico de 04.01.2016 de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
4) Correo electrónico de 17.12.2015, de Sr. Julio Torres Peñaloza, Director de Educación de la Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú.
5) Pase N°2028 de 02.12.2015, de Jefe de Gabinete de Director del Trabajo.
6) Ordinario N°00148 de 17.11.2015, de Subsecretaria de Educación.
7) Memorándum Interno N°05/000357 de 06.08.2015, de Jefe de Gabinete, División de Educación General.
8) Oficio N°9766 de 03.07.2015, de Sr. Luis Rojas Gallardo, Prosecretario de la Cámara de Diputados.
9) Ordinario N°5910 de 13.11.2015, de Jefe Departamento Jurídico.
10) Ordinario N°4642 de 09.09.2015, de Jefe Departamento Jurídico.
11) Ordinario N°321/2015, de 08.09.2015 de Señor Jonathan Fernández Figueroa, Secretario General Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú.
12) Correo electrónico de 31.08.2015, de Jefe Departamento Jurídico.
13) Ordinario N°4170, de 18.08.2015, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
14) Presentación de 21.07.2015, de Sr. Fernando Raúl Pacheco Troncoso.
SANTIAGO, 04.03.2016
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR.FERNANDO RAÚL PACHECO TRONCOSO
Mediante presentación del antecedente 14), ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento acerca de si le asiste el derecho al beneficio de la titularidad establecido en la Ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la Ley N°20.804, publicada en el diario oficial de 31.01.2015, respecto de las horas a contrata que cumple en labores de orientación en el Liceo Nacional de Maipú.
Al respecto, informo a Ud. lo siguiente:
El referido artículo único de la ley N°19.648, en su nuevo texto fijado por la ley N°20.804, dispone:
"Concédese, por única vez, la calidad de titulares de la dotación docente dependiente de un mismo Municipio o Corporación Educacional Municipal, a los profesionales de la educación parvularia, básica o media que, al 31 de julio de 2014, se encontraren incorporados a ella en calidad de contratados y que se hayan desempeñado como docentes de aula en la misma durante, a lo menos, tres años continuos o cuatro años discontinuos, por un mínimo de veinte horas cronológicas de trabajo semanal. La titularidad de las horas a contrata operará sólo respecto de aquellas contratadas en aula y sus correspondientes horas no lectivas."
De la disposición legal preinserta se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba