ORD. Nº3914/060 2 de Septiembre de 2010. Estatuto Docente. Bonificación de Reconocimiento Profesional. Monto. - Doctrina Administrativa - VLEX 238835354

ORD. Nº3914/060 2 de Septiembre de 2010. Estatuto Docente. Bonificación de Reconocimiento Profesional. Monto.

Fecha Disposición 2 de Septiembre de 2010
MateriaEstatuto Docente. Bonificación de Reconocimiento Profesional. Monto.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K.6483(1197)2010

MAT.: Estatuto Docente. Bonificación de Reconocimiento Profesional. Monto.

RDIC.: Los sostenedores

de los establecimientos educacionales del sector particular subvencionado se encuentran obligados a pagar a sus docentes, por concepto de Bonificación de Reconocimiento Profesional

de enero a noviembre de 2010, $48.129.- mensuales, por concepto de título y $64.172.- mensuales por concepto de título y mención, ambos valores fijados en relación a 30 o más horas cronológicas semanales y, proporcionalmente respecto de una jornada inferior, debiendo figurar así en sus comprobantes mensuales de pago de remuneraciones. Posteriormente, a partir de diciembre de cada año, dichos montos deben ser reajustados conforme a la USE.

ANT.: Presentación de 09.07.2010, de Hermano Jesús Triguero Juanes, Presidente Nacional de la Federación de Instituciones de Educación Particular "Fide".

Ley Nº20.158, artículos 1º, 2º incisos 1º y 4º y artículo 3º.

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

Mediante presentación del antecedente, ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento acerca del monto legal que los sostenedores de los establecimientos educacionales del sector particular subvencionado se encuentran obligados a pagar a sus docentes el año 2010, por concepto de Bonificación de Reconocimiento Profesional.

Hace presente que el Ministerio de Educación en su página Web, establece que los montos legales a pagar este año serían de

, $23.698.- mensuales, por concepto de título y de $39.741.- mensuales por concepto de título y mención, ambos montos en relación a 30 o más horas cronológicas semanales y, proporcionalmente respecto de jornadas inferiores.

artículo 1º de la Ley Nº20.158, publicada en el diario oficial de 29.12.2007, dispone:

Créase, a contar del mes de enero del año 2007, una Bonificación de Reconocimiento Profesional, en adelante la bonificación, para los profesionales de la educación que se desempeñen en el sector municipal, particular subvencionado y en establecimientos de educación técnico-profesional regidos por el decreto ley Nº3166, de 1980, y que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos siguientes.

Por su parte, el artículo 2º del mismo cuerpo legal, en sus incisos 1º y, 4º, dispone:

"La bonificación consistirá en un monto fijo mensual integrado por un componente base de un 75% por concepto de título y un complemento de un 25% por concepto de mención. Su valor se pagará de acuerdo...

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