ORD. N° 2072 6 de Julio de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 846887710

ORD. N° 2072 6 de Julio de 2020

Fecha Disposición 6 de Julio de 2020

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E. 19082 (785) 2020

ORD. N°2072

MAT.: Cajas de Compensación de Asignación Familiar; Afiliación y desafiliación;

RORD.: Solo en virtud de las especiales circunstancias derivadas de la existencia en nuestro país de la pandemia Covid- 19 y de las medidas decretadas por la autoridad sanitaria, no existiría inconveniente jurídico en que los trabajadores de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo acuerden la desafiliación y una nueva afiliación a una Caja de Compensación de Asignación Familiar a través del sistema de votación electrónica de la empresa E-Voting Chile SpA.

ANT.: 1) Instrucciones de fecha 03.07.2020 y 16.04.2020, de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

2) Pase N°358, de fecha 13.04.2020, de Jefa de Gabinete de la Directora del Trabajo (S)

3) Presentación de fecha 13.04.2020, de Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo.

SANTIAGO, 06.07.2020

DE:JEFA DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCALÍA (S)

A: SRA. DINA HERRERA SEPÚLVEDA

SECRETARIA GENERAL

CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y SALUD DE SAN BERNARDO

O´HIGGINS #840,

SAN BERNARDO

Mediante presentación de antecedente 3), Ud. ha solicitado a esta Dirección autorización para que en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la ley N° 18.833, se permita que los trabajadores de su empresa manifiestan su voluntad de desafiliarse de una Caja de Compensación de Asignación Familiar para afiliarse a otra, mediante alguno de los procedimientos admitidos por este Servicio.

Específicamente solicita se autorice su realización a través del sistema de nóminas que contengan la firma de los trabajadores, junto con su debida individualización, o mediante el sistema de votación electrónica de la empresa E- Voting Chile SpA.

Al respecto, cúmpleme con informar a Ud. lo siguiente:

La Ley Nº18.833, que establece el Estatuto General de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, publicada en el Diario Oficial de 26 de septiembre de 1989, en el artículo 15, dispone:

Podrá retirarse de una Caja de Compensación cualquier entidad empleadora afiliada a ella, con el acuerdo de sus trabajadores adoptado en la forma establecida en el artículo 11, siempre que tenga un período de afiliación no inferior a seis

meses.

En caso que el acuerdo de desafiliación no sea adoptado, solamente podrá reintentarse a contar del día primero del mes siguiente a aquel en...

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