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Decreto núm. 217, publicado el 13 de Abril de 1999. AUTORIZA OPERACION DE EMISION Y COLOCACION DE BONOS EN EL EXTERIOR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA OPERACION DE EMISION Y COLOCACION DE BONOS EN EL EXTERIOR

Núm. 217.- Santiago, 4 de marzo de 1999.- Vistos: El artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 3º de la ley 19.596; los artículos 45 y 46 del decreto ley Nº1.263, de 1975, y el decreto ley Nº2.349, de 1978.

D e c r e t o:

  1. Autorízase al Ministro de Hacienda, al Embajador de Chile ante los Estados Unidos de América, o a quien lo reemplace en calidad de Encargado de Negocios Ad Interin, y al Embajador de Chile ante la Organización de las Naciones Unidas para que, indistintamente, representen a la República de Chile en la operación de emisión y colocación de bonos globales a ser emitidos por la República de Chile por un monto máximo de hasta US$737.000.000 (setecientos treinta y siete millones de dólares de los Estados Unidos de América). En uso de esta facultad, los personeros antes mencionados podrán celebrar, otorgar, ejecutar y suscribir todos los actos, contratos y documentos que sean necesarios para la emisión, registro, colocación y enajenación de los bonos a las instituciones financieras del exterior comprometidas en su adquisición y colocación, tales como el contrato de colocación, por el cual dichas instituciones se obligarán a adquirir y colocar los bonos y el contrato de agencia fiscal que, entre otros, regularán la operación.

  2. Los recursos obtenidos de la colocación de estos bonos se destinarán a cumplir obligaciones de la Partida 50 del Tesoro Público.

  3. Las características y condiciones financieras de la emisión de bonos serán las siguientes:

    Denominación mínima: Los bonos tendrán una denominación mínima de US$1.000 cada uno.

    Precio de venta: Hasta un mínimo de 99% de su valor par.

    Fecha de colocación: Durante el transcurso del año 1999.

    Tasa de interés: No superior a 10% anual.

    Pago de intereses: Semestralmente, pagaderos al final de cada período.

    Vencimiento: 10 años.

    Amortización: Una sola cuota por el total del capital suscrito, pagadera al vencimiento.

    Comisión de participación: 0,375% sobre el monto total de los bonos suscritos, pagadera en dólares de los Estados Unidos de América, cantidad que será deducida de los recursos obtenidos de la colocación de los bonos.

    Otros gastos: Asimismo podrá convenirse el pago de otras obligaciones pecuniarias usuales para este tipo de operaciones en los mercados financieros internacionales, tales como intereses penales, compensaciones, comisión de agencia u otras, calificación de...

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