ONE IN A MILLION UNO SpA 77.350.885-2 - 25 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921058816

ONE IN A MILLION UNO SpA 77.350.885-2

Fecha de publicación25 Enero 2023
Número de registroCVE-2259682
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.460
CVE 2259682 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.460 | Miércoles 25 de Enero de 2023 | Página 1 de 3
Empresas y Cooperativas
CVE 2259682
EXTRACTO
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de
Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifica que por
escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, otorgada ante mi Suplente don Juan Cristian
Berrios Castro, bajo el repertorio número 20877/2022, se redujo a escritura pública el Acta de la
Junta Extraordinaria de Accionistas de “ONE IN A MILLION UNO SpA”, sociedad inscrita a
fojas 25264 número 11799 del Registro de Comercio del Conservador de Raíces de Santiago
correspondiente al año 2021 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 30 de diciembre
de 2022, en la que se acordó, entre otras materias: (i) Aumentar el capital de la Sociedad desde el
monto de USD $601.000.-, dividido en 601.000 acciones, de las cuales 500 acciones son
ordinarias, nominativas y sin valor nominal; 500 acciones Serie A, preferentes, nominativas y sin
valor nominal; y 600.000 acciones Serie B, preferentes, sin derecho a voto, nominativas y sin
valor nominal, todas las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, a la cantidad de
USD $654.544.-, dividido en 654.544 acciones, de las cuales 500 acciones son ordinarias,
nominativas y sin valor nominal; 500 acciones Serie A, preferentes, nominativas y sin valor
nominal; 600.000 acciones Serie B, preferentes, sin derecho a voto, nominativas y sin valor
nominal; y 53.544 acciones Serie C preferentes, sin derecho a voto, nominativas y sin valor
nominal, mediante la creación y emisión de 53.544 acciones de pago de la Serie C, a un precio de
colocación de USD $40.000.-, que deberá ser pagado en el plazo de 30 días contado desde el 30
de diciembre de 2022. (ii) Como consecuencia de los referidos acuerdos, se modificaron el
artículo Quinto, Trigésimo Cuarto, Cuadrigésimo Primero, y Primero Transitorio de los estatutos
sociales, por los siguientes: /i/ “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de
seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de
América, dividido en seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro acciones, de
las cuales quinientas acciones serán acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal (en
adelante, las “Acciones Ordinarias”); quinientas acciones serán acciones serie A, preferentes,
nominativas y sin valor nominal (en adelante, las “Acciones Serie A”); seiscientas mil acciones
serán acciones serie B, preferentes, sin derecho a voto, nominativas y sin valor nominal (en
adelante, las “Acciones Serie B”); cincuenta y tres mil quinientas cuarenta y cuatro acciones
serán acciones serie C, preferentes, sin derecho a voto, nominativas y sin valor nominal (en
adelante, las “Acciones Serie C”), las que se suscriben y pagan de acuerdo a lo señalado en el
artículo Primero Transitorio. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial, como lo
eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes en trabajo. La
valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la Sociedad. Las
preferencias y obligaciones de cada una de las series de acciones se establecen en los artículos
Trigésimo Cuarto y Cuadragésimo Primero siguientes, y terminarán dentro de un plazo de diez
años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad, transformándose a contar de dicha
fecha las acciones de todas las series, en acciones de una serie única de acciones ordinarias, con
iguales derechos, sin necesidad de declaración alguna al respecto. El capital social deberá ser
aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo
anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital
con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la Sociedad o para fines específicos. El plazo
para enterar los aumentos de capital será de seis meses contados desde la fecha del acuerdo
respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de
capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas
acciones a los accionistas de la Sociedad.” /ii/ “Artículo Trigésimo Cuarto. En caso que la
Sociedad distribuya dividendos a sus accionistas, los accionistas titulares de Acciones Serie B
debidamente suscritas y pagadas, tendrán derecho a percibir en forma preferente a los accionistas
titulares de Acciones Ordinarias; Acciones Serie A y Acciones Serie C, el cien por ciento de los
dividendos que acuerde distribuir la Sociedad, hasta completar el monto de sus Aportes. Una vez

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