Oficio Ordinario N°7824 de 26/02/2020. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 841236533

Oficio Ordinario N°7824 de 26/02/2020. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha26 Febrero 2020
Saluda atentamente a Usted.
OFORD.: Nº7824
Antecedentes.: Su presentación de 12.02.2020
Materia.: Informa
SGD.: Nº
Santiago, 26 de Febrero de 2020
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : SEÑOR
Se ha recibido en esta Comisión su presentación del antecedente, mediante la cual consulta
respecto de las exclusiones de cobertura aplicables a pólizas de seguro del artículo 40 del
D.F.L. N° 251.
Sobre el particular, le informo que de acuerdo a la normativa vigente, las únicas exclusiones
aplicables a un contrato de seguro, cualquiera sea su naturaleza, son las establecidas en las
condiciones generales la póliza o la cláusula adicional respectiva, no siendo procedente el
establecimiento de exclusiones en las condiciones particulares de una póliza o de una clausula
adicional, debiendo regirse las respectivas condiciones generales y particulares por lo
establecido en el N.C.G. N° 349.
Asimismo, el inciso tercero de la letra e) del artículo 3 del D.F.L. N° 251, establece que "Será
responsabilidad de las compañías que las pólizas de seguros que contraten, estén redactadas
en forma clara y entendible, que no sean inductivas a error y que no contengan cláusulas que
se opongan a la ley. En caso de duda sobre el sentido de una disposición en el modelo de
condición general de póliza o cláusula, prevalecerá la interpretación más favorable para el
contratante, asegurado o beneficiario del seguro, según sea el caso."
WF
ISEG / pgpc
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ... http://intranet.svs.local/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=90c57 ...
1 de 2
26-02-2020 17:55

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR