Oficio Ordinario N°54107 de 15/07/2022. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 908431684

Oficio Ordinario N°54107 de 15/07/2022. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha15 Julio 2022
OFORD.: Nº54107
Antecedentes.: Su presentación ingresada con fecha
30.06.2022.
Materia.: Responde.
SGD.:
Santiago, 15 de Julio de 2022
De : Comisión para el Mercado Financiero
A :
Se ha recibido su presentación del Antecedente, mediante la cual consulta sobre el
cumplimiento del requisito de inscripción en el Registro de Asesores de Inversión relativo a
remitir un documento que dé cuenta que la persona detenta un título o grado académico,
además consulta sobre procedimiento para solicitar la inscripción en el Registro de Asesores
de Inversión que llevará este Servicio de acuerdo la Norma de Carácter General N°472 de
2022. Sobre el particular, cumple este Servicio en informar lo siguiente:
Tal como se señala en su presentación, este Servicio ha emitido la Norma de Carácter General
(NCG) Nº 472 de fecha 13 de abril de 2022, que establece en su Sección I, literal a), numeral
4), como requisito para la inscripción en el Registro de Asesores de Inversión, que toda
persona natural, o cada director, o administrador en su caso, gerente general y persona que
entregará recomendaciones en el caso de personas jurídicas, deberá remitir un "documento en
que conste que la persona cuenta con un título o grado académico nacional o extranjero
emitido por Universidades o Institutos Profesionales reconocidos por el Estado respectivo, de
una carrera de al menos 6 semestres de duración y relacionada con el mercado financiero o
con el marco jurídico que regula dicho mercado"
Sobre el particular, es posible precisar que la Norma no establece las carreras específicas que
darían cumplimiento al requisito de idoneidad aludido, lo que dependerá de cada malla
curricular que sirve de antecedente para otorgar el título o grado académico requerido. En
razón de lo señalado, el cumplimiento de este requisito deberá ser analizado al momento de
tramitar la correspondiente solicitud de inscripción
Por otro lado, en lo que respecta a la información requerida para proceder a la inscripción,
cumplo en informar que la Sección I de la NCG N°472 señala los antecedentes que deben ser
remitidos en el proceso de inscripción para cada director, o administrador en su caso, gerente
general y persona que entregará recomendaciones de inversión a nombre de una persona
jurídica. Junto con lo anterior, en las Secciones II, III y IV de la Norma se estipula
expresamente quienes deberán cumplir las obligaciones contenidas en dichas secciones.
Finalmente, se hace presente que la correspondiente solicitud de inscripción deberá ser
remitida a este Servicio mediante una presentación formal dando cumplimiento a lo dispuesto
en la Sección I de la Norma citada. Al respecto, es posible informar que esta Comisión ha

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR