Oficio Ordinario N°53876 de 13/07/2022. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 908431675

Oficio Ordinario N°53876 de 13/07/2022. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha13 Julio 2022
OFORD.: Nº53876
Antecedentes.: Su presentación ingresada con fecha
30.06.2022.
Materia.: Responde.
SGD.:
Santiago, 13 de Julio de 2022
De : Comisión para el Mercado Financiero
A :
Se ha recibido su presentación del Antecedente, mediante la cual consulta sobre el
cumplimiento del requisito para la inscripción en el Registro de Asesores de Inversión
relativo a remitir un documento que dé cuenta que la persona detenta un título o grado
académico, además consulta sobre procedimiento para solicitar la inscripción en el Registro
de Asesores de Inversión que llevará este Servicio de acuerdo la Norma de Carácter General
N°472 de 2022. Sobre el particular, cumple este Servicio en informar lo siguiente:
Tal como se señala en su presentación, este Servicio ha emitido la Norma de Carácter General
(NCG) Nº 472 de fecha 13 de abril de 2022, que establece en su Sección I, literal a), numeral
4), como requisito para la inscripción en el Registro de Asesores de Inversión, que toda
persona natural, o cada director, o administrador en su caso, gerente general y persona que
entregará recomendaciones en el caso de personas jurídicas, deberá remitir un "documento en
que conste que la persona cuenta con un título o grado académico nacional o extranjero
emitido por Universidades o Institutos Profesionales reconocidos por el Estado respectivo, de
una carrera de al menos 6 semestres de duración y relacionada con el mercado financiero o
con el marco jurídico que regula dicho mercado"
Sobre el particular, es posible precisar que la Norma no establece las carreras específicas que
darían cumplimiento al requisito de idoneidad aludido, lo que dependerá de cada malla
curricular que sirve de antecedente para otorgar el título o grado académico requerido. En
razón de lo señalado, el cumplimiento de este requisito deberá ser analizado al momento de
tramitar la correspondiente solicitud de inscripción.
Por otro lado, cumplo en informar que la correspondiente solicitud de inscripción deberá ser
remitida a este Servicio mediante una presentación formal dando cumplimiento a lo dispuesto
en la Sección I de la Norma citada. Al respecto, es posible informar que esta Comisión ha
puesto a disposición en su sitio web el módulo CMF sin papeles, mediante el cual las
entidades fiscalizadas, organismos públicos, otras entidades y público en general podrán
realizar presentaciones y remitir documentos vía electrónica, salvo aquella información
respecto de la cual la Comisión haya previamente establecido una forma obligatorita de envío,
como es a través del Sistema de Envío de Información en Línea (SEIL).
Este Servicio ya se encuentra recibiendo y tramitando solicitudes de inscripción en el

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