Oficio Ordinario N°52374 de 14/07/2021. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 875379625

Oficio Ordinario N°52374 de 14/07/2021. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha14 Julio 2021
OFORD.: Nº52374
Antecedentes.: Su presentación ingresada a este Servicio
con fecha 01.06.2021.
Materia.: Responde.
SGD.: Nº2021070284130
Santiago, 14 de Julio de 2021
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : Gerente General
SOCIEDAD ANONIMA DE DEPORTES CASCADA DE EL SALTO
Mediante su presentación del antecedente, se solicitó a este Servicio informar sobre las
"instrucciones y procedimientos autorizados por esa Comisión, para organizar y llevar a
cabo las Juntas de Accionistas en la actualidad vía internet", agregando "favor nos indiquen
cuales son las formalidades que se deben cumplir para efectuar las citaciones, votaciones,
como se acreditan poderes y otras informaciones necesarias y conducentes a llevar a cabo la
Junta de Accionistas, sin omitir formalidades legales". Sobre el particular, cumple este
Servicio con informar lo siguiente:
La Comisión para el Mercado Financiero, en el ejercicio de sus atribuciones legales dictó, con
fecha 18 de marzo de 2020, la Norma de Carácter General (NCG) N°435 que permite la
celebración y voto a distancia de las juntas de accionistas de sociedades anónimas
fiscalizadas, y con la misma fecha el Oficio Circular N°1.141 que precisa algunos aspectos de
la NCG N°435. Ambas normativas pueden ser consultas directamente en el sitio web de la
Comisión www.cmfchile.cl, en la Sección "Juntas de Accionistas", pestaña "Procedimientos".
De conformidad a lo establecido en la normativa antes señalada, en las juntas de accionistas
de las sociedades anónimas abiertas y las especiales sujetas a autorización de existencia de
esta Comisión, podrán participar a distancia, a través de medios tecnológicos que cumplan
con lo requerido en las normas citadas, los accionistas y las demás personas que por ley y
normativa reglamentaria, estatutaria o contractual deban hacerlo, siempre que dichos
mecanismos garanticen debidamente la identidad de tales personas.
A continuación se comparten pronunciamentos efectuados por este Servicio relativos a la
normativa señalada:
1.- Aspectos relativos a las citaciones a junta de accionistas.
Es menester precisar que lo regulado en la NCG N°435 y en el Oficio Circular N°1.141 no se
extiende a la forma de citación a las juntas de accionistas o asambleas. En efecto, la citación a
cada una de esas instancias deberá realizarse conforme a las disposiciones legales y
reglamentarias que regulan la materia. En el caso de las juntas de accionistas de sociedades
anónimas abiertas y especiales sujetas a autorización de existencia de esta Comisión, deberá
cumplirse con lo establecido en el artículo 59 de la Ley N°18.046 sobre Sociedades Anónimas
("Ley sobre Sociedades Anónimas") y el artículo 104 del Decreto Supremo N°702 de 2011
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ...
https://intranet.cmfchile.cl/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=2b...
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14-07-2021 13:32

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