Oficio Ordinario N°37132 de 01/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 873531186

Oficio Ordinario N°37132 de 01/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha01 Junio 2021
OFORD.: Nº37132
Antecedentes.: Su presentación ingresada a esta
Comisión con fecha 25 de mayo de 2021
mediante plataforma CMF Sin Papel, en
la cual solicita la inscripción de una línea
de bonos del emisor Echeverría,
Izquierdo S.A.
Materia.: Informa lo que indica.
SGD.: Nº2021060213556
Santiago, 01 de Junio de 2021
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : Gerente General
ECHEVERRIA, IZQUIERDO S.A.
Se ha recibido su presentación de Antecedentes, mediante la cual Echeverría, Izquierdo S.A.
solicita la inscripción en el Registro de Valores de una línea de bonos a un plazo de 10 años.
Sobre el particular, cumple esta Comisión con manifestar a usted lo siguiente:
Se observa que en su carta conductora indica: "Se deja constancia que, en cumplimiento de lo
dispuesto en la Norma de Carácter General N° 451 de fecha 25 de enero de 2021,
Echeverría, Izquierdo S.A. solicita inscribir la línea de bonos desmaterializados por línea
bajo la modalidad de registro automático." (énfasis agregado).
Al respecto, la Norma de Carácter General (NCG) N°451 de 2021 que "Establece
características o condiciones que se deberán cumplir, a efectos de inscribir títulos de deuda
bajo la modalidad de registro automático", dispone en su Sección II que "Aquellos emisores
que cumplan con las condiciones establecidas en la sección anterior, podrán inscribir sus
títulos de deuda bajo la modalidad de Registro Automático, proporcionando los antecedentes
especificados a continuación por medio del Módulo SEIL (Sistema de Envío de
Información en Línea) de acuerdo a las instrucciones contenidas en la Ficha Técnica
dispuesta para esos efectos en el sitio web de este Servicio." (énfasis agregado).
En dichas circunstancias se informa que no es posible acceder a su solicitud de inscripción
ingresada vía CMF Sin Papel en los términos expuestos y de conformidad al procedimiento
indicado en su presentación, dado que la modalidad de registro automático de títulos de deuda
tiene establecido un procedimiento específico para su empleo, esto es, ingreso y remisión de
antecedentes a través del módulo del Sistema de Información en Línea (SEIL) dispuesto por
esta Comisión (para lo cual el emisor debe estar habilitado y debe haber dado cumplimiento a
lo establecido en la NCG N°314), y no mediante presentación ingresada a través de la
plataforma CMF Sin Papel y/u Oficina de Partes.
En conclusión, si dicha entidad desea emplear la modalidad de registro automático de títulos
de deuda y cumple con las condiciones establecidas en la NCG N°451, ello deberá efectuarlo
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobier no ...
https://intranet.cmfchile.cl/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=d7...
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01-06-2021 10:57

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