Oficio Ordinario N°37116 de 01/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 873531216

Oficio Ordinario N°37116 de 01/06/2021. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha01 Junio 2021
OFORD
.:
Nº37116
Antecedentes
.:
1) Hecho Esencial de fecha 5 de enero de
2021.
2) Acta de Junta Extraordinaria de
Accionistas celebrada con fecha 4 de enero
fecha 14 de enero de 2021.
3) Hecho Esencial de fecha 15 de marzo de
2021.
4) Oficio Ordinario N°17527 de 19 de
marzo de 2021.
5) Su respuesta de ingresada a esta
Comisión con fecha 1 de abril de 2021.
Materia
.:
Lo que indica.
SGD
.:
Nº2021060213512
Santiago, 01 de Junio de 2021
De
:
Comisión para el Mercado Financiero
A
:
Gerente General
ANDACOR S.A.
Se ha recibido en esta Comisión su presentación indicada con el número 5) del Antecedente,
mediante la cual da respuesta a las observaciones efectuadas mediante Oficio Ordinario N°17527
de 2021, acompañando documentación al respecto. Sobre el particular, cumplo con manifestar a
usted lo siguiente:
1) En el número 1. de su presentación ("Respecto a la inscripción de la emisión de acciones con
ocasión del aumento de capital"), indica que las acciones de pago que se emitirían de
conformidad al aumento de capital acordado en junta de accionistas celebrada con fecha 4 de
enero
"... serían ofrecidas únicamente a los accionistas de la compañía o sus respectivos
cesionarios de su derecho de opción preferente y no al público en general o a sectores
determinados de este"
. Asimismo, informa que dichas acciones habrían sido efectiva e
íntegramente suscritas y pagadas, y que se habría cumplido con los derechos respecto al derecho
de opción preferente.
A continuación, efectúa referencia a los artículos 4 y 5 letra b) de la Ley N°18.045 de Mercado
de Valores y afirma lo siguiente:
"Que, en cumplimiento de ambas disposiciones, a lo acordado
en la Junta y a lo ocurrido con posterioridad a ella, las acciones emitidas con ocasión del
aumento de capital de ANDACOR S.A. no fueron dirigidas ni adquiridas por el público en
general o por ciertos sectores o grupos específicos de este, sino únicamente a los mismos
accionistas de la Compañía."
; y
"Por todo lo anterior no resultaría aplicable la N.C.G. 30 y su
Oficio Electronico - Comisión para el Mercado Financiero - Gobierno d... https://intranet.cmfchile.cl/intranet/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5687...
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