Oficio Ordinario N°10049 de 02/04/2019. Comisión para el Mercado Financiero - Doctrina Administrativa - VLEX 809645381

Oficio Ordinario N°10049 de 02/04/2019. Comisión para el Mercado Financiero

JurisdicciónChile
Fecha02 Abril 2019
OFORD.: Nº10049
Antecedentes.: Su oficio N° 6440 de fecha 15 de marzo de 2019, recibido por
este Servicio con fecha 18 de marzo de 2019.
Materia.: Responde.
SGD.: Nº2019040056315
Santiago, 02 de Abril de 2019
De : Comisión para el Mercado Financiero
A : SEÑOR Superintendente de Pensiones
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
Se ha recibido su oficio, mediante la cual consulta a este Servicio sobre el alcance del artículo 36 N° 4 de la Ley N° 18.046, particularmente
si la inhabilidad contemplada en dicho artículo es aplicable a los corredores de bolsa de productos.
Al respecto, cabe considerar que la incompatibilidad a que se refiere se ha establecido para el ejercicio del cargo de director de una sociedad
anónima abierta, de modo que no pueden desempeñar el cargo los "corredores de bolsa y los agentes de valores, así como sus directores,
gerentes, ejecutivos principales y administradores. Esta restricción no se aplicará en las bolsas de valores" (número 4 del artículo 36 de la
Ley 18.046).
A estos efectos, se debe considerar que cuando la Ley N° 18.045, se ha referido a los corredores de una bolsa de valores, ha utilizado la
denominación de "Corredores de Bolsa", exigiendo que estos incorporen dicha expresión en su nombre, como se consigna en los artículos
24 y 27 de la Ley 18.045, reservando, según su artículo 37 "el uso de las expresiones "corredores de bolsa" y "agentes de valores" u otras
semejantes que impliquen la facultad de intermediar en valores, para las personas y entidades autorizadas de conformidad a la presente
ley para desempeñarse como tales".
Por otra parte, la Ley N° 19.220 se ha referido a los intermediarios de una bolsa de productos, denominándolos como "corredores de bolsas
de productos", debiendo incluir esa expresión en su razón social, según señalan los artículos y 8° de esa Ley, reservando, según su
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