Oficio Circular nº 0136 de Servicio Nacional de Aduanas - Normativa - VLEX 837103465

Oficio Circular nº 0136 de Servicio Nacional de Aduanas

Número de circular0136
Oficio Circular N° 0136

MAT.: Imparte instrucciones para la confección y tramitación de DAPI que permita internar calzado para realizar el proceso de rotulación exigido en el Decreto N 17/2006 Ministerio de Economía.

ANT.: Decreto N 17/2006; Decreto N 308/06; Oficio Circular N 513/06; Fax Circulares N s. 97804/06 y 107937/06; Oficio Ord. N 1649 del 18.04.07 de Sr. Subsecretario de Economía (S).OfsN 378 y 385/07 Cámara Aduanera de Chile AG.

DE: DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

A : SRES. (AS) DIRECTORES (AS) REGIONALES Y ADMINISTRADORES (AS)DE ADUANAS

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1.- Como es de vuestro conocimiento, a partir del 01 de Mayo del 2007 entró en vigencia el nuevo reglamento de rotulación del calzado establecido en el Decreto Supremo N 17/2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

2.- Esta disposición se fundamenta en la necesidad de actualizar las medidas de transparencia y calidad de la información, que se entrega a los consumidores para una decisión informada de éstos, tanto del calzado que se importa como del que se produce en Chile.

3.- La rotulación del calzado debe venir desde origen, y, el importador debe dar cumplimiento estricto de las exigencias establecidas en el citado Decreto N 17/2006. En particular, la rotulación debe estar incorporada en el calzado al momento de aceptarse a trámite el documento de importación definitivo.

4.- No obstante, se ha tomado conocimiento que se ha representado ante las autoridades del Ministerio de Economía ciertos inconvenientes para cumplir con la nueva rotulación en el origen, por características propias de la confección de algunos tipos de calzado.

5.- Al respecto, los usuarios han manifestado, que, si bien existe un procedimiento aduanero para que se complete dentro de la zona primaria el rotulado actualmente exigido, el mismo no sería suficiente para incorporar la información adicional que se pide como rotulado permanente en el nuevo reglamento, por requerir de mayor infraestructura, maquinaría técnica o mano de obra especializada, operaciones que no pueden ser realizadas dentro de dicha zona primaria. Asimismo, en reunión sostenida en el Ministerio de Economía, con participación entre otros, de productores e importadores, estos últimos plantearon algunas situaciones específicas de productos que tendrían dificultad para incorporar el rotulado en el país de origen y que serían situaciones...

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