Oficio Circular nº 0096 de Servicio Nacional de Aduanas, 28-03-2011 - Normativa - VLEX 837103121

Oficio Circular nº 0096 de Servicio Nacional de Aduanas, 28-03-2011

Fecha28 Marzo 2011
Número de circular0096
Oficio Circular N° 0096

Leg.: Art.4 Ley Orgánica Servicio Nacional de Aduanas. Arts. 43 y 61 Estatuto Administrativo
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Valparaíso, 28 de Marzo de 2011

DE : Director Nacional de Aduanas (T y P)

A : Subdirectores y Jefes de Departamento de la Dirección Nacional de Aduanas

A partir de la fecha del presente Oficio Circular y de conformidad con las normas legales citadas en la referencia instruyo que toda comunicación, oficio, resolución o acto administrativo, cualquiera sea su contenido, que se emita a terceros en representación del Servicio Nacional de Aduanas, deberá ser firmado por el Director Nacional, previa visación del Secretario General.

Por consiguiente, a contar de la fecha del presente instructivo, no podrá emitirse pronunciamientos o comunicaciones dirigidas a terceros por parte las Subdirecciones y Departamentos de la Dirección Nacional.

Para estos efectos, deberán remitirse los proyectos de comunicaciones, oficios, resoluciones o actos administrativos al Sr. Secretario General, con las inciales de responsabilidad del respectivo Subdirector o Jefe de Departamento y del Secretario General, para la firma del Director.

Si la comunicación se efectúa mediante correo electrónico, esta deberá contar con la visación del Secretario General, para lo cual debe remitirse a esta jefatura el proyecto de...

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