La observación general primera del Comité de Derechos de la Personas con Discapacidad: ¿Interpretar o corregir?
| Autor | Carlos Martínez de Aguirre Aldaz |
| Páginas | 85-112 |
85
LA OBSERVACIÓN GENERAL PR IMERA DEL COMITÉ DE DERECHOS DE LAS PERSONAS...
LA OBSERVACIÓN GENERAL PRIMERA DEL COMITÉ
DE DERECHOS DE LA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD: ¿INTERPRETAR O CORREGIR?
CARLOS MARTÍNEZDE AGUIRRE ALDAZ
Catedrático de Derecho Civil
Universidad de Zaragoza
SUMARIO: I. PLANTEAMIENTO: LA OBSERVACIÓN GENERAL PRI-
MERA Y SUS CONTENIDOS MÁS RELEVANTES. II. FUNDAMENTO
NORMATIVO Y EFICACIA DE LA OBSERVACIÓN GENERAL PRIME-
RA. III. DE NUEVO SOBRE EL CONTENIDO DE LA OBSERVACIÓN
GEN ERAL PRI MERA : AN ÁLIS IS D E LA S OP CION ES
INTERPRETATIVAS DEL COMITÉ A LA LUZ DE LA CONVENCIÓN:1.
Capacidad jurídica frente a capacidad mental. 2. Sustitución en la toma
de decision es frente a apoyo en la toma de decisiones. 3. Voluntad y
preferencias de la pers ona con discapacidad frente a su in terés. IV. RE-
CAPITULACIÓN CONCLUSIVA.
I. Planteamiento: la Observación General Primera y sus contenidos más
relevantes
Tras la entrada en vigor en Derecho español de la Convención de Nacio-
nes Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad1 –CDPD–,
su a rt. 12 se ha convertido en la piedra angular sobre la que los diferentes
ordenamientos nacionales han de construir el sistema jurídico-privado de aten-
ción a las personas con discapacidad . La interpretación y aplicación de este
precepto ha generado, desde el primer momento, importantes problemas, liga-
dos a la ambigüedad y amplitud de los términos en los que fue redactado, así
como, en unos casos más que en otros, a las peculiaridades de las particulares
tradiciones jurídicas na cionales. A la vista de ello, el Comité de Derechos de
las Personas con discapa cidad, creado por la propia Convención (art. 34) de-
cidió dedicar su Observación General número 1 –en adelante, Observación Ge-
neral Primera, u OG1ª– precisamente a este artículo 12: tras señalar que «hay un
malentendido general acerca del alcance exacto de las obligaciones de los Estados
partes en virtud del artículo 12 de la Convención», la Observación se fija como
objetivo «analizar las obligaciones generales que se derivan de los diversos compo-
1Hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, ratificada por España el 23 de noviembre
de 2007, y publicada en el BOE el día 21 de abril de 2008.
86
CARLOS MARTÍNEZ DE AGUIRRE ALDAZ
nentes del artículo 12», aunque advirtiendo ya desde este primer momento que
«no se ha comprendido en general que el modelo de la discapac idad basado en los
derechos humanos implica pasar del paradigma de la adopción de decisiones sustitutiva
a otro que se base en el apoyo para tomarlas» (OG1ª, nº 3).
Se trata de un documento relativamente extenso (15 folios y 52 parágrafos)
que no pretendo comentar en toda su extensión: voy a centrarme en lo que
podemos considera r como sus afirmaciones más relevantes (y a la vez más
polémicas) d e cara a la configuración de un sistema legal de atención a las
pe rsona s co n di scap acid ad q ue s ea c onfo rme con la C onve nció n.
Resumidamente, y sin perjuicio de exponer a lo largo de este trabajo con ma-
yor detalle algunas de la s ideas que se va a expresar a continuación, tales
afirmaciones serían:
1) La capacidad jurídica (legal)2 y la capacidad mental son conceptos
distintos, a lo que se a ñaden dos afirmaciones relevantes: i) « en virtud del
artículo 12 de la Convención, los déficits en la ca pacidad mental, ya sean supuestos o
reales, no deben utilizarse como justificación para negar la capacidad jurídica»; ii) «la
capacidad mental no es, como se presenta comúnmente, un fenómeno objetivo, científi-
co y natural, sino que depende de los contextos sociales y políticos, al igual que las
disciplinas, profesiones y prácticas que desempeñan un papel predominante en su
evaluación» (OG1ª nº 13). En consecuencia, «la prestación de apoyo para el ejerci-
cio de la capacidad jurídica no debe depender de una evaluación de la capacidad
mental» (OG1ª nº 29.i).
2) «La capacidad jurídica significa que to das las personas, incluidas las perso-
nas con discapacidad, tienen la capacidad legal y la legitimación para actuar simple-
mente en virtud de su condición de ser humano. Por consiguiente, para que se cumpla
el derecho a la capacidad jurídica deben reconocerse las dos facetas de esta; esas dos
facetas no pueden separarse» (OG1ª nº 14).
3) La Observación General Primera insiste reiteradamente en que los regí-
menes de sustitución en la toma de decisiones han de ser reemplazados siem-
pre y en todo caso p or sistemas de apoyo a la toma de decisiones, de manera
que las legislaciones nacionales que no lo hagan infringirían el art. 12 de la
Convención. Así, «el apoyo en el ejercicio de la capacidad jurídica debe respetar los
derechos, la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad y nunca debe
consistir en decidir por ellas» (OG1ª nº 17). De acuerdo con la Observación, esto
quiere decir, en concreto: i) que «los Estados partes deben examinar las leyes que
regulan la guarda y la tutela y t omar medidas para elaborar leyes y políticas por las
que se reemplacen los regímenes basados en la sustitución en la adopción de decisiones
por un apoyo para la adopción de decisiones que respete la autonomía, la volunta d y
las preferencias de la persona» (nº 26); ii) que «la obligación de los Estados partes de
2Sobre la terminología empleada por la versión española de la Convención, y los problemas
que han derivado de ella, vid.MARTÍNEZ DE AGUIRRE ALDAZ, Carlos,El tratamiento jurídico de
la discapacidad psíquica: reflexiones para una reforma legal, Cizur Menor, Thomson Reuters
Aranzadi, 2014, pp. 69 y ss.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.