Objeción total y de preferencia del crédito, en subsidio se declare como personas relacionadas - O - Primera Parte. Práctica Forense - Nueva Práctica Forense Concursal. Ley 20.720. Tomo I - Contratos - VLEX 903485057

Objeción total y de preferencia del crédito, en subsidio se declare como personas relacionadas

AutorAnibal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aMarzo 2022

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S. J. L. EN LO CIVIL

.............., abogado, en representación del Veedor Titular, en Procedimiento Concursal sobre Reorganización de la Empresa.......caratulado............, en causa ROL......, a US., con todo respeto digo:

Que, vengo en objetar del crédito del acreedor.... individualizado a fojas......... de esta carpeta electrónica......y representado por el letrado.............dentro de plazo legal, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

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I.- ANTECEDENTES PREVIOS

  1. Que, de fojas del expediente digital......el acreedor......verifica la suma de $ ................... acompañándose como título justificativo de crédito los títulos consistentes en.......que le adeudaría la Deudora en Reorganización.

  2. Que, el crédito verificado tendría su origen, en escritura pública de novación, reconocimiento de deuda y compensación otorgada en la Notaría..........con fecha....................

  3. Que, la garantía hipotecaria que se reclama a favor del crédito se encuentra constituida con una garantía general hipotecaria, dado que dicho instrumento fue otorgado mediante escritura pública de fecha..............recayendo sobre el inmueble de propiedad de la Deudora, que en forma previa ya estaban hipotecados a favor de otros acreedores.

  4. Que, en mérito del art. 70 inciso 3 de la Ley 20.720 del ramo se objeta el crédito verificado por... ............ ya individualizado, con el objeto que dicho crédito no sea tenido como un pasivo del presente proceso de Reorganización Concursal y no se le confiera derecho a voto para participar en la discusión del Acuerdo de reorganización Concursal de marras.

    1. Falta de antecedentes de origen que respalden los documentos fundantes de los créditos

  5. Que, los créditos que son objeto de la verificación presentada por..............no corresponden a operaciones comerciales debidamente respaldadas con la proponente, sino que básicamente en actos de orden civil, por el cual se nova una obligación, asumiendo obligaciones de terceros.

  6. Que, este veedor advierte que dichos créditos no tienen sustento u origen contable en la sociedad proponente de hecho no se encuentra en el certificado emitido por el auditor independiente presentado para los fines del art. 55 de la Ley

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    20.720 sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, incluso ni siquiera es mencionado en una nota respecto de los estados financieros o el listado de acreedores.

  7. Que, el crédito en...

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