Nueva constitución y el mundo del trabajo - Núm. 1498, Junio 2021 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 868773653

Nueva constitución y el mundo del trabajo

Páginas1-7
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1498 - 2
4 de junio de 2021
ISSN 0717-1528
1
NUEVA CONSTITUCIÓN Y EL MUNDO DEL TRABAJO
Nuestra actual Constitución consagra en el artículo 19 N°16 la “libertad de trabajo y su
protección”, punto sobre el cual hay quienes señalan que dicha redacción debiese modificarse
para consagrar el “derecho al trabajo”, lo cual debe ser analizado en detalle por los efectos
que tendría.
Cada regulación que se incorpore en la nueva Constitución sobre materias laborales tendrá, se
quiera o no, un efecto directo en la economía y en la vida de las personas, no sólo como
sustento de las mismas, sino también como espacio para el desarrollo de la dignidad humana,
por lo que la forma en la que finalmente queden plasmadas estas materias debe considerar
todos los efectos alternativos y secundarios que traerán consigo, debiendo promoverse un
debate con visión de largo plazo, panorámico e integral.
La Constitución debe velar porque el derecho a negociar pertenezca a los trabajadores con
independencia de si están o no afiliados a un sindicato, lo que es coherente con el derecho a
la libertad de asociación y con el hecho de no ser obligado a sindicalizarse, los que, a nuestro
juicio, son intransables si se quiere m antener una protección adecuada del trabajador (como
individuo) dentro de la relación laboral.
A raíz de la pandemia, se ha evidenciado no sólo lo vital que es la creación de
puestos de trabajos para el desarrollo económico, el crecimiento del país y la
entrega de mejores estándares de vida a la población, sino también lo frágil que es
y, por lo tanto, lo importante que resulta su correcta protección y regulación. Es así
como el INE reportó los resultados de su encuesta de empleo del trimestre móvil
febrero-abril del presente añoi, en donde la tasa de desempleo fue de 10,2%, con
un incremento de 1,2 puntos respecto de lo observado un año atrás, que era de 9%,
teniendo ya esta última cifra los primeros efectos de las cuarentenas que se
iniciaron en marzo del 2020.
Sin embargo, la pandemia provocó una salida masiva de personas desde el mercado
laboral por lo cual una mejor medida del desequilibrio es la SU3, estimada por el
INE, donde se incluye a los desocupados más la fuerza de trabajo potencial, que
llega a 21,2% en el último trimestre. Hace un año, la SU3 era de 23,8%, siendo el
peor momento de esta crisis el trimestre mayo-julio 2020 cuando llegó a 30,2%, lo
que da cuenta del profundo impacto de esta pandemia sobre el mercado laboral.

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