Causa nº 6590/2014 (Apelación). Resolución nº 178444 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 4 de Agosto de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 522782294

Causa nº 6590/2014 (Apelación). Resolución nº 178444 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 4 de Agosto de 2014

JuezRubén Ballesteros C.,Héctor Carreño S.,Pedro Pierry A.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Antofagasta
Número de registro6590-2014-178444
Fecha04 Agosto 2014
Número de expediente6590/2014
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
PartesPAULINA NUÑEZ URRUTIA Y EMILE UGARTE SIRONVALLE CONTRA COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE.
Rol de ingreso en Cortes de Apelación1837-2013

Santiago, cuatro de agosto de dos mil catorce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus consideraciones séptima a vigésima, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y además presente:

PRIMERO

Que se dedujo acción de protección, en primer lugar, por P.N.U. y E.U.S. en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y, en segundo término, por K.R.V., Alcaldesa, en representación de la Municipalidad de Antofagasta, en conjunto con R.A.A., A.C.T. y J.A.G., en calidad de concejales de esa comuna, el que se dirige en contra de la citada Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y, además, de Minera Sierra Gorda SCM; de Antofagasta Terminal Internacional S.A. y, por último, de Antofagasta Railway Company PLC, por la dictación de las Resoluciones Exentas N° 177-2012, N° 186-2012 y N° 290-2012, de 6 y 20 de agosto y de 4 de diciembre, todas del año 2012, mediante las que se calificaron favorablemente las modificaciones del “Proyecto Sierra Gorda” denominadas “Recepción, acopio y embarque de cobre”, “Transporte ferroviario de concentrado de cobre” y “Actualización Proyecto Sierra Gorda”. Denuncian que a través de tales actos se habría conculcado la garantía prevista en el N° 8 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, toda vez que tales proyectos se presentaron a través de una simple Declaración de Impacto Ambiental, pese a que de acuerdo al artículo 11 de la Ley Nº 19.300 requerían en su conjunto de un Estudio de Impacto Ambiental por guardar directa relación con el “Proyecto Sierra Gorda”, calificado favorablemente por Resolución Exenta Nº 126/2011, que, a su vez, ingresó mediante un Estudio de Impacto Ambiental.

En ambos recursos se solicita a la Corte de Apelaciones que se dejen sin efecto las citadas resoluciones exentas.

SEGUNDO

Que al informar el organismo gubernamental recurrido alegó, entre otras defensas, la extemporaneidad de los recursos de protección, toda vez que los proyectos a que se refieren las acciones de cautela fueron publicados en el Diario Oficial y en el Diario La Tercera los días 2 de enero, 2 de mayo y 1 de junio de 2012, fechas desde las que se entiende conocida por todos la presentación de las Declaraciones de Impacto Ambiental respectivas y se puede solicitar la apertura de un período de participación ciudadana, lo que ninguno de los requirentes solicitó, destacando, por último, que los proyectos fueron calificados favorablemente entre agosto y diciembre de 2012.

Semejante alegación fue formulada también por las defensas de los recurridos Sierra Gorda Sociedad Contractual Minera, Antofagasta Railway Company P.L.C. y Antofagasta Terminal Internacional S.A. en sus respectivos informes.

Todos los recurridos reiteraron la alegación de extemporaneidad al interponer sus respectivos recursos de apelación en contra de la sentencia impugnada.

TERCERO

Que para resolver los recursos sometidos al conocimiento de esta Corte resulta preciso consignar los siguientes antecedentes:

1) El proyecto denominado “Recepción, acopio y embarque de concentrado de cobre” fue presentado al Sistema de Evaluación Ambiental por “Antofagasta Terminal Internacional S.A.” a través de una Declaración de Impacto Ambiental, y resultó calificado favorablemente desde el punto de vista ambiental mediante la Resolución N° 177 de 6 de agosto de 2012.

2) El proyecto llamado “Transporte ferroviario de concentrado de cobre” fue ingresado al indicado sistema de evaluación por “Antofagasta Railway Company PLC”, para lo cual presentó una Declaración de Impacto Ambiental, resultando aprobado mediante la Resolución de Calificación Ambiental N° 186 de 20 de agosto de 2012.

3) El proyecto “Actualización Proyecto Sierra Gorda” fue sometido al órgano de evaluación a través de una Declaración de...

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