Notificar resolución de reposición respecto a resolución de reclamación de legalidad - Núm. 102, Diciembre 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920411

Notificar resolución de reposición respecto a resolución de reclamación de legalidad

AutorRicardo Garrido C.
Páginas62-63
62
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
que en presencia de un acto irregular, a la autoridad no sólo le asiste la facultad sino
que se encuentra en el deber de invalidar sus actos contrarios a derecho, a través
de un nuevo decreto o resolución que ordene dejarlo sin efecto, aunque el acto haya
cumplido con el trámite de toma de razón.
Así, el dictamen 20.477 del 20 de mayo del 2003, de la Contraloría General de
la República, concluye que con el propósito de proteger el principio de juridicidad
establecido en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República, y
reiterado en el artículo 2 de la Ley 18.575, la Administración tiene la facultad y, más
aún, el deber de invalidar los actos administrativos en el evento que se compruebe
fehacientemente la existencia de vicios de legalidad o que el mismo se hay fundado
en supuestos erróneos, todos los cuales deben afectar esencialmente el contenido de
los mismos. De lo anterior se sigue, continúa el pronunciamiento, que en los casos en
que se den los supuestos mencionados –vicios de legalidad o supuestos erróneos- la
autoridad administrativa debe, salvo las excepciones reconocidas al efecto, proceder
a la invalidación, total o parcial, del respectivo acto administrativo, retrotrayéndose,
en lo pertinente, la situación al estado que corresponda, y dictar las resoluciones que
procedan.
En consecuencia, no obstante el texto expreso del artículo 340, letra f) que sólo admite
la interposición del recurso de reposición en contra de la resolución dictada a propósito
de las impugnaciones y reclamaciones, dado que la Autoridad administrativa tiene
la obligación de corregir aquellos vicios de legalidad o supuesto erróneos en que se
haya incurrido al dictarla, resulta aplicable también el recurso de invalidación previsto
en el artículo 53 de la Ley N° 19880.
NOTIFICAR RESOLUCIÓN DE REPOSICIÓN RESPECTO A RESOLUCIÓN
DE RECLAMACIÓN DE LEGALIDAD.
Fuente legal
No hay.
Concepto
La resolución que se pronuncie sobre la reposición interpuesta por una o ambas
partes, debe ser noticada al empleador y a la Comisión Negociadora, mediante correo
electrónico dirigido a las direcciones que ambas partes indicaron en el proyecto de
contrato colectivo y en la respuesta, respectivamente.
Procedimiento:
Suscrita la Resolución por el Inspector Comunal o Provincial del Trabajo, o por el
Director del Trabajo, según sea el caso, el funcionario de la Unidad de Relaciones
Laborales que se encuentre a cargo del proceso escaneará tanto la Resolución
como el Acta de audiencia, cuando aquella se haya llevado a cabo, en formato pdf
vericando que ambos documentos se encuentren legibles e íntegros, noticando la
Resolución a los correos electrónicos que las partes hayan indicado en el proyecto
y en la respuesta, debiendo grabar en el sistema la Resolución más el reporte del
envío del correo.

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