Normativa Contable Nº E282402, Sobre ajustes de errores y de primera adopción que afecta la apertura del ejercicio contable año 2022., 29-11-2022 - Normativa - VLEX 916195487

Normativa Contable Nº E282402, Sobre ajustes de errores y de primera adopción que afecta la apertura del ejercicio contable año 2022., 29-11-2022

Año2022
Fecha29 Noviembre 2022
Número de oficioE282402
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha solicitado la aprobación de la propuesta de ajuste a la apertura del ejercicio contable 2022 producto de la primera adopción y de errores de años anteriores.

El primer ajuste propuesto consiste en la regularización de la cuenta 11602 Detrimento en Recursos Disponibles, originado por diversos robos que se produjeron en el departamento de Tesorería Municipal hasta el año 2013 por un monto de $13.132.342. Este ajuste incorpora una regularización a la cuenta 11605 Deudores Detrimento Patrimonial Fondos por $42.347.416, que reconoce una malversación de fondos ocurrido en igual periodo.

El segundo ajuste a la apertura tiene como propósito reconocer el deterioro de la cuenta 12401 Deudores de Dudosa Recuperación, por un monto de $181.429.915, el cual registra deudores originados de igual forma en la malversación de fondos ocurrida hasta el año 2013. El municipio adjunta certificado con el test de deterioro de dicha cuenta.

El tercer ajuste relacionado con el anterior, es un movimiento de mes por $181.429.915, y que consiste en cargar la cuenta 12604 Deterioro Acumulado de Deudores de Incierta Recuperación y abonar la cuenta 12401 Deudores de Dudosa Recuperación.

II. Fundamento Contable

Sobre el particular, el numeral 1 del capítulo II de la norma Errores de la resolución N° 3, de 2020, de este origen, que aprueba la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile Sector Municipal, señala que los errores contables son omisiones e inexactitudes de información fiable que estaba disponible al momento del registro. A su vez, su numeral 6 previene que la corrección de un error de periodos anteriores se ajustará con efecto a la apertura del ejercicio en curso, corrigiendo los saldos iniciales de activos, pasivos y resultados acumulados, según corresponda, es decir, mediante un ajuste a la apertura del ejercicio vigente.

Por su parte, la norma de Detrimento contenida en la mencionada resolución N° 3, de 2020, señala en su numeral 1 que “el detrimento constituye un menoscabo al patrimonio institucional, representado en el daño, perjuicio o pérdida de bienes o recursos públicos, presuntamente causado por funcionarios públicos, terceros ajenos de la municipalidad o derivados de casos fortuito de fuerza mayor”.

Agrega la misma norma, en sus numerales 3 y 4 que “ocurrido el detrimento patrimonial de fondos, se debe cargar el monto comprometido en la cuenta 11602 Detrimento en Recursos Disponibles con abono a los conceptos contables que registran la...

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