Normativa Contable Nº E280266, Autoriza ajustes a la apertura 2022 por corrección de errores de periodos anteriores y de primera adopción, 23-11-2022 - Normativa - VLEX 916195492

Normativa Contable Nº E280266, Autoriza ajustes a la apertura 2022 por corrección de errores de periodos anteriores y de primera adopción, 23-11-2022

Fecha23 Noviembre 2022
Número de oficioE280266
Tipo de documentoNormativa contable

Se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la aprobación de sus propuestas de ajustes a la apertura 2022, de acuerdo con lo indicado en el oficio N° E101.166, de 2021, de este origen.

En específico, los ajustes tienen por objetivo regularizar el saldo de las cuentas 11601 Documentos Protestados y 11602 Detrimento en Recursos Disponibles, ya que mantienen montos contabilizados erróneamente en años anteriores al presente ejercicio.

Sobre el particular, el numeral 1 del capítulo II de la norma Errores de la resolución N° 3, de 2020, de este origen, que aprueba la Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile Sector Municipal, señala que los errores contables son omisiones e inexactitudes de información fiable que estaba disponible al momento del registro. A su vez, su numeral 6 previene que la corrección de un error de periodos anteriores se ajustará con efecto a la apertura del ejercicio en curso, corrigiendo los saldos iniciales de activos, pasivos y resultados acumulados, según corresponda, es decir, mediante un ajuste a la apertura del ejercicio vigente.

Precisado lo anterior, en primer lugar, dicho municipio requiere la aprobación del ajuste de la cuenta 11601 Documentos Protestados, ya que se mantiene en dicha cuenta un monto pendiente de cobro originado por cinco cheques protestados de antigua data, respecto de los cuales, a pesar de las acciones de cobro realizadas, no ha sido posible su recuperación.

Al respecto, propone reclasificar el activo mediante un cargo a la cuenta 12401 Deudores de Dudosa Recuperación y un abono a la cuenta 11601 Documentos Protestados, por un monto de $2.764.098. Posteriormente a la reclasificación, propone aplicar deterioro según lo estipula la norma de Instrumentos Financieros, contenida en la mencionada resolución N°3.

Sobre la materia, considerando que el plan de cuentas aprobado por oficio CGR N° 11.061, de 2020, permite reclasificar los deudores de distinta naturaleza a la cuenta 12401 Deudores de Dudosa Recuperación, cuando existe evidencia de que no se recuperarán en el tiempo previsto, se considera que procede el ajuste en base al tiempo transcurrido.

En cuanto al deterioro, en el párrafo 28 y 29 de la norma de Instrumentos Financieros de la señalada resolución N° 3, de 2020, indica que la municipalidad debe evaluar el deterioro a lo menos a la fecha de presentación.

En este caso, en los antecedentes presentados el municipio indica que existe evidencia de deterioro antes de la...

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