Normas generales para la confección de declaraciones juradas anuales correspondientes al año tributario 2016
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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2016
DECLARACIONES JURADAS
AÑO TRIBUTARIO 2016
1. NORMAS GENERALES PARA LA CONFECCIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
ANUALES CORRESPONDIENTES AL AÑO TRIBUTARIO 2016
1.1. Única Declaración
Las empresas o instituciones informantes, con sucursales u otras dependencias, deberán
presentar una sola declaración con la información consolidada de sus distintas unidades,
documento que deberá ser presentado por la casa matriz con su respectivo número de
RUT. El mismo procedimiento es aplicable a las Instituciones o Servicios Públicos que
tengan reparticiones a través del país con RUT propio; siendo el obligado a presentar la
declaración jurada el Servicio Público en forma centralizada o consolidada, bajo su número
de RUT, incluyendo toda la información de sus dependencias.
1.2. Tipo de Declaración
La declaración jurada que se presenta por primera vez para un año en particular se denomi-
na Original. Si esta declaración presenta errores u omisiones, se debe presentar una nueva
declaración que reemplazará a esta Original, y que se denomina Recticatoria.
Las Recticatorias pueden tener multas asociadas, dependiendo de la fecha en que se rea-
lizan, de la cantidad de registros de la declaración y del número de veces que se rectique (a
excepción de lo indicado en el último párrafo del Punto 3.1 de esta edición).
1.3. Identicación de los Informados
Los informados en la Declaración Jurada se identican con su número de RUT o Cédula
Nacional de Identidad, de preferencia ordenados de menor a mayor, según lo solicita cada
declaración. Es importante revisar que no existan errores en la información.
Las rentas que por su monto quedan exentas del Impuesto Único de Segunda Categoría,
que correspondan a trabajadores que cumplan una jornada completa o que no la cumplan,
deberán ser informadas en forma separada en el Formulario N° 1887, indicando el RUT de
cada uno de los contribuyentes
1.4. Respecto a la Información
Cuando el dato se reere a cantidades, dicha cifra se expresa en números enteros sin de-
cimales o centavos, aproximando al entero superior si la parte decimal es mayor o igual a
cinco, y despreciando el decimal inferior a dicha cantidad, sin colocar después del último
número de la cifra entera el guarismo 00. Por ejemplo, si la cantidad a informar corresponde
a $6.747,80 se debe registrar $6.748; en ningún caso $6.748,00.
Los números de certicados deberán ser indicados en las Declaraciones Juradas sólo si
fueron solicitados por sus informados. De no existir tal solicitud, en la columna “Número de
Certicado” deberá registrarse un cero.
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