Norma General SP N° 12
Fecha | 24 Junio 2011 |
Emisor | Superintendencia de Pensiones |
ffiffip*#ffigf#ndene* 24.JUN.2011"
NORMA DE CARACTER GENERAL N"
L2
REF.: MODIFICA EL TITULO ll SOBRE INVERSION
DE LOS FONDOS DE PENS¡ONES EN Et
EXTRANJERo Y Et rírulo rv soBRE
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PAGADAS CON CARGO A LOs FONDOS DE
PENSIONES, DEL LIBRO IV DEL
COMPENDIO DE NORMAS DEt SISTEMA
DE PENSIONES.
Santiago,
Lo dispuesto en el número 3 del artículo 94 del D.L. Ne 3.500, de 1980; las
facultades que el artículo vigésimo transitorio de la Ley N" 20.255, en relación con su artículo 47
números 6 y 8 confieren a esta Superintendencia, se introducen las modificaciones contenidas en la
presente Norma de Carácter General a los Títulos ll y lV, del Libro lV, del Compendio de Normas del
Sistema de Pensiones.
l. Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la Letra D. NORMA DE INFORMACIÓN, del
Título ll sobre Inversión de los Fondos de Pensiones en el Extranjero, del libro lV:
L. Reemplácese el número 3. por el siguiente:
u3. lnformación de países subyacentes de vehículos de inversión.
El informe de países subyacentes de vehículos de inversión se deberá enviar
semestralmente los días 31 de enero y 31 de julio de cada año, o el día hábil siguiente si
estos días correspondiesen a sábado, domingo o festivo, respecto de las carteras de los
Fondos vigentes al 31 de diciembre y 30 de junio, respectivamente. Además, la
Administradora estará obligada a enviar el citado informe cada vez que ésta realice
inversiones en nuevos instrumentos no mantenidos en su cartera y no enviados en la
anterior actualización semestral. Este informe se remitirá mediante transmisión de datos,
de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo N" 1", de conformidad
con lo establecido en el Título Xll del Libro V sobre recepción y envío de archivos vía
transmisión de datos.
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