Decreto 203 - NOMBRA SECRETARIO GENERAL DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS A PERSONA QUE INDICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241646150

Decreto 203 - NOMBRA SECRETARIO GENERAL DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS A PERSONA QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

NOMBRA SECRETARIO GENERAL DE LA JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS A PERSONA QUE INDICA

Núm. 203.- Santiago, 20 de octubre de 2005.- Vistos: El oficio reservado Nº 32 de fecha 16.09.05, de la Dirección Nacional de Servicio Civil, el decreto Nº 962, de 2005, del Ministerio de Hacienda; la ley Nº 17.520 que crea la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas; la ley Nº 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; la ley Nº 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 Nº 12 de la Constitución de la República de Chile, y

Considerando:

Que, con arreglo a las disposiciones de la ley Nº 19.882 sobre selección de Altos Directivos Públicos, la Presidenta del Consejo de Alta Dirección Pública de la Dirección Nacional de Servicio Civil ha remitido el oficio señalado en los Vistos, en el que se adjunta la información que indica para proceder a la tramitación del nombramiento del cargo del Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.

Que, mediante el decreto Nº 962, de 2005, del Ministerio de Hacienda, se fijó el porcentaje de asignación de Alta Dirección Pública para el Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.

Decreto:

Artículo primero

Nómbrase, a contar del 17 de octubre de 2005 y hasta el 17 de octubre de 2008, a don Ramón Cristián Martínez Ahumada, RUT 10.218.331-2, en el cargo de Secretario General de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, Grado 4 E.U.R. de la Planta de Directivos de dicho Servicio.

Artículo segundo

Por razones impostergables de buen servicio, dicho nombramiento regirá a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.

Artículo tercero

El presente nombramiento otorga el derecho a percibir los beneficios del Estatuto Administrativo cuando procedan y la asignación de Alta...

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