Decisión nº C3081-17, de Consejo de Transparencia de 28 de Diciembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 718608349

Decisión nº C3081-17, de Consejo de Transparencia de 28 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C3081-17

Entidad pública: Municipalidad de Talca.

Requirente: Natalia Reyes Inostroza.

Ingreso Consejo: 29.08.2017.

En sesión ordinaria N° 854 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de diciembre de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3081-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de julio de 2017, doña Natalia Reyes Inostroza solicitó a la Municipalidad de Talca, el valor del bono por hora dado a los profesores de la Escuela Carlos Spano, por concepto ley N° 19.933 y ley N° 19.410, desde el año 2012 al año 2017.

2) RESPUESTA: El 25 de agosto de 2017, la Municipalidad de Talca respondió a dicho requerimiento de información, señalando, en síntesis, que se accede a la entrega de la información referida al bono por la ley N° 19.410, pero hizo presente, en cuanto al valor del bono ley N° 19.933 por hora, que no es posible proporcionarlo, por cuanto depende del cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, lo que implica que "no hay un valor único para todos los docentes del establecimiento".

3) AMPARO: El 29 de agosto de 2017, doña Natalia Reyes Inostroza dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información entregada es incompleta, ya que, si bien, indican que no hay un valor único -respecto del bono ley N° 19.933-, tampoco precisan cuáles son los posibles valores de estos montos variables.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, y mediante Oficio N° E3137...

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